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Fecha de respuesta: Domingo 15 de Julio de 2012 18:02 2012-07-15 18:02 desde IP: 187.194.8.102
Efectivamente, tu abogado, es a quien debes recurrir, ya que sin su apoyo, no es probable que se resuelva en forma pronta y expedita este asunto.
Lo ms importante es que te concedan la prsencia del actuario, no te saltes este punto, porque desesperados, se van con un notario y levantan esas constantacias, que para el juez carecen de valor probatorio pleno.
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