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Fecha de respuesta: Miércoles 11 de Julio de 2012 14:40 2012-07-11 14:40 desde IP: 187.194.30.248
Los juicios sucesorios intestamentarios, se dividen en cuatro partes:
1.- Declaratoria de herederos y disrnimiento de albacea.
2.- Inventarios y avaluos.
3.- Administraciòn y rendiciòn de cuentas.
4.- Proyecto de divicion de bienes y adjudiciaciòn de los mismos.
No hay abogado que se venda, seguramente, se cansan de promover que se de cumplimiento a la obligaciòi del albacea:
ALBACEA
FACULTADES, OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES
EL ALBACEA NOMBRADO POR EL TESTADOR TIENE COMO PRIMORDIAL OBLIGACIÓN CUMPLIR CON LAS DISPOSICIONES DEL TESTAMENTO.
TODOS LOS ALBACEAS, CUALQUIERA QUE SEA SU ORIGEN, DEBEN:
A) ASEGURAR LOS BIENES DE LA HERENCIA.
B) FORMULAR LOS INVENTARIOS Y AVALÚOS.
C) TRAMITAR EL JUICIO SUCESORIO, PRESENTANDO EL TESTAMENTO, SI LO TIENE; REPRESENTAR A LA HERENCIA EN TODOS LOS JUICIOS RELATIVOS A LOS BIENES HEREDITARIOS, DEFENDER LA VALIDEZ DEL TESTAMENTO Y CONTESTAR LAS PETICIONES DE LA HERENCIA.
D) ADMINISTRAR LA HERENCIA Y RENDIR CUANTAS DE SU GESTIÓN. (PAGAR DEUDAS MORTUORIAS, HEREDITARIAS Y TESTAMENTARIAS) Y DISTRIBUIR LOS PRODUCTOS DE LOS BIENES MIENTRAS SE REALIZA LA PARTICIÓN.
E) EFECTUAR LA PARTICIÓN Y ADJUDICACIÓN DE LOS BIENES ENTRE LOS HEREDEROS Y LEGATARIOS.
F) CAUCIONAR SU MANEJO POR FIANZA, PRENDA O HIPOTECA. EL TESTADOR NO PUEDE EXIMIRLO DE ESTA OBLIGACIÓN, PERO PUEDEN HACERLO LOS HEREDEROS. SI EL ALBACEA ES HEREDERO O LEGATARIO SU PORCIÓN O LEGADO SERVIRÁN DE GARANTÍA.
EL ALBACEA NO PUEDE:
* GRAVAR O ENAJENAR LOS BIENES DE LA HERENCIA. EN SU CASO SOLO CON EL ACUERDO DE TODOS LOS HEREDEROS O AUTORIZACIÓN JUDICIAL. PUEDEN VENDERSE LOS BIENES SUCESORIOS CUANDO ESTOS PUEDAN DETERIORARSE Y SEA DIFÍCIL SU CONSERVACIÓN, O SEA VENTAJOSA LA VENTA DE LOS FRUTOS.
* DAR EN ARRENDAMIENTO LOS BIENES SUCESORIOS POR MAS DE UN AÑO.
* TRANSIGIR Y COMPROMETER EN ÁRBITROS LOS NEGOCIOS DE LA HERENCIA.
* RENUNCIAR A LA PRESCRIPCIÓN QUE CORRA A FAVOR DE LA HERENCIA.
EL PLAZO PARA CUMPLIR CON EL ENCARGO DE ALBACEA SE CUENTA DESDE EL MOMENTO DE SU ACEPTACIÓN O DESDE QUE TERMINARON LOS LITIGIOS SOBRE LA VALIDEZ O NULIDAD DES TESTAMENTO. ES A PARTIR DE ENTONCES CUANDO PUEDE INICIARSE LA LIQUIDACIÓN DE LA HERENCIA.
EL PLAZO PARA QUE EL ALBACEA DEFINITIVO CUMPLA CON SU ENCARGO ES DE UN AÑO, PERO LOS HEREDEROS PUEDEN PRORROGARLO HASTA POR OTRO.
FUENTE
EDGARD BAQUEIRO ROJAS,ROSALÍA BUENROSTRO BÁEZ DERECHO DE FAMILIA Y SUCESIONESCOLECCIÓN TEXTOS JURÍDICOS UNIVERSITARIOS EDITORIAL OXFORD SEGUNDA EDICIÓN
Pero el caso es que; tu puedes pedir informes al registro publico de la propiedad y del comercio de los bienes, terrenos, casas que hubiera tenido tu papa, sacar la copia de las escrituras, pedir el informe historico de esos bienes y el certificado de gravamenes; buscar y nombrar un perito valuador de esos bienes, en el juzgado puedes consultar la lista de peritos valuadores de bieneds inmuebles y hasta el secretario del juzgado te puede recomendar quien es mas barato, cumplido y rapido; presentados los inventarios y avlauos, se ponen a la vista y se da un termino para que alguno de los herederos salga y diga que faltan bienes y los presente y value, se oponga al peritaje valuatorio, porque considera que es mucho o muy poco; aprobado el inventario y avaluo, se promueve el de cuentas y administraciònj, con un escrito que diga que no hay cuentas que rendir; se pone a la vista y se señala termino para su aprobaciòn; aprobado, se tienen 15 dias para presentar el proyecto de divisiòn de esos bienes por partes iguales, ya sea vendiendose o adjudicandose la cosa quien se la quiera adjudicar y pagarles su parte a los demas herederos.
Todo este proceso es muy tardado, y puede ser de UN AÑO, termino que señala el codigo civil del estado, que debe durar la vida util del albacea.
Una vez concluida la 4ta. secciòn y adjudicados los bienes, se inicia acciòn penal en contra dle albacea y rendiciòn de cuentas, toda vez que se hizo tonto durante años.
Cualquier pasante de derecho sabe llevar este tipo de asuntos, son de lo mas sencillo.
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