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AutorRespuesta No: 271624
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Fecha de respuesta: Miércoles 20 de Junio de 2012 11:43 2012-06-20 11:43 desde IP: 189.188.249.181
Tambien existe la via penal por incumplimiento en la obligacion de dar alimentos; se presenta la denuncia correspondiente o bien en el juicio civil de alimentos debera de demostrar con pruebas suficientes que ha dejado de proporcionar los alimentos, como elemento de prueba agregue los comprobantes de los creditos contraidos por usted para el mantenimiento de los menores.
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