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  • Consulta : 156538
  • Autor : ferlex21
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  • ferlex21
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Buen dia, la guarda y custodia legal la tiene usted por hecho y por derecho, lo que tendra que demandar es la perdida de la patria potestad con las obligaciones inherentes a la misma: el deudor alimentario debera de depositar o pagar pension alimenticia para dicha menor. Consulte con abogado titulado para presentar dicho juicio.