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Fecha de respuesta: Miércoles 20 de Junio de 2012 11:50 2012-06-20 11:50 desde IP: 189.188.249.181
Buen dia, la guarda y custodia legal la tiene usted por hecho y por derecho, lo que tendra que demandar es la perdida de la patria potestad con las obligaciones inherentes a la misma: el deudor alimentario debera de depositar o pagar pension alimenticia para dicha menor. Consulte con abogado titulado para presentar dicho juicio.
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