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  • Consulta : 155193
  • Autor : guerreraqro
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    Respuesta No: 273555

  • guerreraqro
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Cuando ya tienes una sentencia de remate, y tiene un bien que rematar, debes nombrar perito valuador, pedir el de la contraria, solicitar fecha de remate en primera y publica almoneda, en ese dia, ya realizada la publicación del edicto de remate y no habiendo ocurrido nadie a esta almoneda, te puedes adjudicar el bien en el valor de las 4/5 partes del valor periciado, la contraraia podra oponerse en un termino no mayor de tres dias o pedir se le conceda el termino de 20 dias para presentar un postor.