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Fecha de respuesta: Martes 29 de Mayo de 2012 19:24 2012-05-29 19:24 desde IP: 189.245.73.206
CONSULTANTE daynacano.alchem_NR,
"//mexicolegal/foro-verconsulta.php?id=152889&forod=0">Presente:
Reciba un cordial saludo de mi parte, y en relación a su pregunta jurídica, le comento lo siguiente:
Le diré Consultante que, primero que nada nos comenta que es la cuarta prorroga de su jefe y no entiendo a que se refiere con REGULARIZACIÓN,porque la REGULARIZACIÓN MIGRATORIAúnicamente procede en el caso de que su documento esté vencido a la presente fecha, necesita Usted verificar su documento migratorio para saber su estatus y fecha de vencimiento.
Los extranjeros que llevan ya cuatro años con FM3 pueden aspirar a hacer el cambio de calidad migratoria de FM3, es decir, NO INMIGRANTE A FM2 INMIGRANTE,pero por lo que nos comenta que su jefe no sólo viene 2 o 3 veces a México no le va a ser posible hacer el cambio de documento por el lapso que permanece fuera de Nuestro País.
Lo que le comentan en el INSTITUTO NACIONAL DE MIGRACIÓNes cierto, usted no puede solicitar LA RENOVACIÓN O REFRENDO DE NINGUNA FORMA MIGRATORIA CON MÁS DE 30 DÍAS DE ANTICIPACIÓN, SINO SÓLO 30 DÍAS ANTES DEL VENCIMIENTO DEL DOCUMENTO,si es que el documento no se encuentra vencido, lo que sí es posible es realizar la renovación en ventanilla exprés, cubriendo todos los requisitos que solicitan en dicha ventanilla, de este modo puede aspirar su jefe a una prorroga por 48 horas, y hacer la renovación en mucho menos tiempo.
Espero le sirva de algo esta orientación jurídica, y para estar en posibilidad jurídica y material de poderla asesorar mejor, requerimos mayor información de su asunto, ya que con la información que proporciona en su pregunta Consultante, y sin conocer perfectamente documento migratorio, a su Servidor no le es posible darle una asesoría precisa en su asunto, entiende.
Por lo que le aconsejo que se asesore cuanto antes de un abogado que sea experto en DERECHO MIGRATORIO Y EN MATERIA CIVILde esta forma tendrá garantizado el éxito de su asunto, y si no cuenta con los recursos económicos para pagar los honorarios de un abogado particular, PUEDE RECURRIR A LOS SERVICIOS JURÍDICOS PROFESIONALES Y GRATUITOS DE LOS ABOGADOS DE OFICIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE MIGRACIÓN, ASÍ COMO DE LOS ABOGADOS DE OFICIO DE LA OFICINA CENTRAL DEL REGISTRO PÚBLICO DEL DISTRITO FEDERAL, espero que esta información le sea de utilidad en su caso, y que en breve lo resuelva favorablemente.
Sin otro particular por el momento, quedo de Usted como su más atento y seguro Servidor, para cualquier aclaración o información adicional.
ATENTAMENTE
LIC. JORGE ARIEL MORALES FRANCO
Oficina: (0155) 1085-2707
Celular: 55-3462-7069
E-MAIL: l c y a . j o r g e m a r r o b ag m a i l . c o m (minúsculas y todo junto)
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