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Fecha de respuesta: Sábado 07 de Abril de 2012 13:24 2012-04-07 13:24 desde IP: 189.229.16.246
La fianza correspondiente se te regresa, es importante que guardes el billete de deposito. La diferencia radica en que uno se interpone para actos de autoridades civiles y el otro contra autoridades del orden penal. El que quieres presentar es un amparo indirecto, el monto de la fianza es a criterio del Juez de Distrito y a la gravedad del asunto.
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