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  • Consulta : 145258
  • Autor : ferlex21
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    Respuesta No: 261117

  • ferlex21
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    La fianza correspondiente se te regresa, es importante que guardes el billete de deposito. La diferencia radica en que uno se interpone para actos de autoridades civiles y el otro contra autoridades del orden penal. El que quieres presentar es un amparo indirecto, el monto de la fianza es a criterio del Juez de Distrito y a la gravedad del asunto.