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  • Consulta : 143770
  • Autor : TOCA1968
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  • Autor
    Respuesta No: 259813

  • TOCA1968
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    CONSULTANTEMARTINENRIQUE770_NR,  

    Presente:

                                      

    Reciba un cordial saludo de mi parte, y en relación a su pregunta jurídica, le comento lo siguiente:

     

    Por lo que legalmente usted tiene que hacer, para traspasar de forma jurídica conforme a la Ley su departamento, ES CELEBRAR UN CONTRATO DE CESIÓN DE DEUDA, EN EL CUAL INTERVENDRÁN LA PERSONA A LA CUAL USTED PRETENDE TRASPASARLE EL CITADO BIEN INMUEBLE, EL INFONAVIT Y USTED; por lo que le sugiero que se asesore de un abogado que sea experto en materia civil, para que de esta manera tenga asegurado el éxito de su asunto, esperando que esta información le sea de utilidad, y que en breve resuelva su caso favorablemente.

     

    Sin otro particular por el momento, quedo de Usted como su más atento y seguro Servidor, para cualquier aclaración o información adicional.

     

    ATENTAMENTE

    LIC. JORGE ARIEL MORALES FRANCO

     

    Cel: 55-3462-7069

    E-MAIL: ejorgeamf1968 arroba . com