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Fecha de respuesta: Jueves 22 de Marzo de 2012 13:52 2012-03-22 13:52 desde IP: 189.137.42.56
CONSULTANTEgerardo1979,
Presente:
Reciba un cordial saludo de mi parte, y en relación a su pregunta jurídica, le comento lo siguiente:
Le sugiero en este caso, QUE REALICE UNA INTERPELACIÓN EXTRAJUDICIAL, DE PREFERENCIA ANTE NOTARIO PÚBLICO CON TODAS LAS FORMALIDADES PREVISTAS EN LA LEY, para que empiece a correr en contra de la empresa a la cual le elaboró el trabajo que menciona, el término legal de 30 días hábiles para que le haga pago voluntario de los honorarios que le adeuda, y en el caso de que pasado este lapso sin que la empresa le haga el debido pago de su trabajo, entonces puede usted demandar mercantilmente a dicha persona moral para el efecto de que le pague la cantidad que la deuda por su trabajo, por concepto de suerte principal, más el pago de intereses al tipo legal mercantil del 6% anual, así como los accesorios legales, y gastos y costas, por lo que le sugiero se asesore de un abogado que sea experto en materia civil para que de esta manera tenga garantizado el éxito de su asunto, esperando que esta información le sea de utilidad y que en breve resuelva su caso favorablemente.
Sin otro particular por el momento, quedo de Usted como su más atento y seguro Servidor, para cualquier aclaración o información adicional.
ATENTAMENTE
LIC. JORGE ARIEL MORALES FRANCO
Cel: 55-3462-7069
E-MAIL: ejorgeamf1968 arroba . com
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