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  • Consulta : 134779
  • Autor : ferlex21
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    Respuesta No: 250815

  • ferlex21
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Agilice el procedimiento testamentario o intestamentario en su defecto, para que una vez que termine el proceso se adjudique cada quien la parte que le corresponde(si es posible la division); el que la haya rentado tambien significa que la rentas se tendran que dividir entre ambos ya que son los frutos o dividendos que se obtienen de dicho bien.

    Acuda ante un notario para que lleve el procedimiento o bien con abogado de su confianza.