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AutorRespuesta No: 4363
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Fecha de respuesta: Miércoles 10 de Octubre de 2012 10:50 2012-10-10 10:50 desde IP: 189.188.75.34
Si dicha consignacion es constante y existe desde el momento en que dejo de cumplir puede en determinado momento detener la accion penal en su contra, debes de acudir al juzgado y reclamar dicha pension, esta debe de ser de forma constante, es decir, semanal, quincenal o mensualmente.
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