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Fecha de respuesta: Lunes 18 de Octubre de 2010 19:22 2010-10-18 19:22 desde IP: 189.191.46.41
buenas tades mira el pago de pension depende del criterio del juez familiar o civil segun sea la comunidad, ahora bien el porcentaje puede ir desde un 20 a un 40 o incluso 50% esto dependera de las necesidades de los acredores alimenticios es decir sus hijos y la capacidad del deudor alimentario es decir su esposo, para tramitar la pension no necesariamente debes iniciar el divorcio.
ahora, con esto te evitarias tener el temor de si te quiere o no dar para el pago de alimentos, a parte de que en caso de que el renunciara te retienen ese porcentaje de liquidacion para cubrir alimentos durante que el sr este desempleado.
podra tramitar el juicio en hidalgo o en el distrito federal, que diferencia o ventajas hay, que se evitaria exhortos y oficios aun que las audiencias serian tambien en el distrito y pero seria solo 2.
estoy a sus ordenes
att
lic hernandez
0445539270798
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