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Fecha de respuesta: Lunes 13 de Agosto de 2012 18:47 2012-08-13 18:47 desde IP: 189.210.103.55
Si le hicieron un buen contrato de arrendamiento y el fiador garantizó con un bien inmueble su obligación solidaria, se está tardando inicialmente en requerir el pago de rentas, via jurisdiccion voluntaria y una vez hecho lo anterior, tendria que demandar via juicio ordinario civil, la entrega fisica y material de dicho inmueble y el pago de las rentas vencidas y las que se sigan venciendo hasta la total desocupacion de su propiedad..
Reitero si el contrato esta bien hecho debe hacer lo anteriormente señalado, si no es asi, reciba su propiedad a la brevedad porque de otro modo, estara en posesion su arrendatario sin pagarle nada por los meses que la este ocupando y finalmente tendra que convenir con el para que en una determinada fecha se salga de dicho inmueble...
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