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ME QUIEREN DEMANDAR PERO NO SOY PATRON

  • Consulta : 286297
  • Autor : usualmx
  • Publicado : Lunes 30 de Septiembre de 2019 18:01
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,140
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  • Autor
    Consulta

  • usualmx
    USUARIO REGISTRADO

    Trabajo prestando mis servicios para una empresa española, llevo casi 7 años... en este tiempo me han pedido busque personas de acuerdo a un perfil para que les preste su servicio a ellos, así lo hice, busque, pase un listado y ellos los entrevistaban y contrataban sus servicios, se rentó una casa como espacio de trabajo para las personas contratadas... El viernes antepasado la persona encargada de mí, me pidió que le digiera a una de las personas contratadas aquí en México que ya no vamos a presentir sus servicios por cuestiones de rendimiento... Me llego una citatorio de concilio y fui, ahí yo dije que no soy jefe, que tengo facultad para contratar o despedir gente, el tipo aleja que yo lo contrate y lo despedí, cuando no tengo ninguna facultad, solo soy un trabajador más que presta sus servicios. Entonces me dijeron que, hacia ahí, les dije que me llego un citatorio que si no asistía era acreedor a una multa, por eso me presente. Ahí comente que el viernes pasado la empresa le llamo para llegar a un acuerdo y que llegaron aun acuerdo, desconozco cuál era, así que el digo que no se ha cumplido. lo cual desconosco. Así que la representante del concilio, me dijo que no se puede llegar a nada que me retire y que se iba a quedar con la persona a indicarle lo que sigue. Ahora mi pregunta es me pueden demandar por el proceso de patrones solidarios, pero cual yo no soy nada, solo alguien que le tiene confianza para hacer los pagos de la renta y servicios de la oficina, donde mi papel es ser el programador. No tengo título de gerente o jefe, nada de nada, incluso los pagos se hacen directamente, es decir, la persona le factura a la empresa y ellos le hacen la transferencia, incluso para sus actividades se lo dice otra persona de la empresa. Solo me piden que este al pendiente de las necesidades de las personas, si les hace falta algo o que le recuerde su registro de actividades. ¿Cómo lo puedo comprobar? ¿Le pido una carta a la empresa que diga que solo soy un trabajador más, que ellos contrataron a esa persona o como ellos toman la desicion de despedir? Porque parece que esta persona quiere atacarme a mí por esta aquí en México y no hacer las cosas bien con la empresa española.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 400152

  • Polo591115
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    usualmx: Recibe cordiales saludos de tu amigo LIc. Polo de Ecatepec. No se porqué fuiste a la Procuraduría a saber tu situación, ya que como comentas no eres patrón, la empresa española es la que debe de responder por la RELACIÓN LABORAL. Ahora comentas que ya se había llegado a un convenio que no se cumplió, pues hay que ver quien hizo ese convenio para acreditar que tú no eres el patrón. Pero DESGRACIADAMENTE si tienen tu domicilio te va a llegar la demanda. Ten cuidado no te dejes sorprender con abogados TODOLOGOS siempre debe de ser un especialista en la materia LABORAL. Saludos y espero que todo salga bien. Por este medio podemos seguir en contacto, y poder apoyarte.



  • Autor
    Respuesta No: 400153

  • usualmx
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Muchas gracias, por contestar, ahora lo que me comentas, fui a la cita por que decia que si no fuese seria acredor a una multa de 40 salarios minimos, por eso me presente.



  • Autor
    Respuesta No: 400156

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    cuando te llegue la demanda....busca un abogado especialista en derecho laboral...no un abogado... un especialista....los de la procuraduria de la defensa del trabajo no son abogados de patrones y tu estas considerado como patrón... si no contestas la demanda... y gana tu contrario.... seras condenado al pago... tu abogado especialista en derecho laboral... sabe que hacer.... y claro que eres patrón... si por metiche... dices a quien contratar y a quien correr...



  • Autor
    Respuesta No: 400175

  • felixfrancisco
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Los directores, administradores, gerentes y demás personas que ejerzan funciones de dirección o administración en la empresa o establecimiento, serán considerados representantes del patrón y en tal concepto lo obligan en sus relaciones con los trabajadores. Aunque se encuentre en España el patrón. Así mismo, intermediario es la persona que contrata o interviene en la contratación de otra u otras para que presten servicios a un patrón.



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