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PUEDO VENDER MI HERENCIA SIN ESCRITURAR A MI NOMBRE
- Consulta : 283370
- Autor : jorozco1963
- Publicado : Sábado 21 de Octubre de 2017 22:01 desde la IP: 187.190.160.19
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,129
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AutorConsulta
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Publicado el Sábado 21 de Octubre de 2017
buenas noches a tods, mi pregunta es: si mi padre me deja en su testamento un inmueble y lo quiero vender sin escriturarlo a mi nombre puedo? seria lo mismo si la herencia es para varios hijos y que esten de acuerdo en vender sin escriturar y el que compre pague? gracias anticipadas por sus posibles respuestas.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 396406
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Fecha de respuesta: Sábado 21 de Octubre de 2017 22:12 2017-10-21 22:12 desde IP: 189.245.191.98
Estimado consultante, Primeramente el unico que puede dispones de la masa hereditaria es el albacea. Consultenos. Omega Servicios Juridicos. Frontera 23-A.- Col. Toma Norte. . Cel. 552252949. E-mail. marco_trillo Entrevistas previa cita
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Autor
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AutorRespuesta No: 396408
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Fecha de respuesta: Sábado 21 de Octubre de 2017 23:04 2017-10-21 23:04 desde IP: 187.190.160.19
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Autor
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AutorRespuesta No: 396409
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Fecha de respuesta: Domingo 22 de Octubre de 2017 10:19 2017-10-22 10:19 desde IP: 187.220.58.134
Primero debe reconocerse la legalidad del testamento y una vez reconocido puede vender los derechos de la herencia del inmueble que refiere, sin necesidad de escriturarlo a su nombre. Atte. Lic. J. L. Camacho
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Autor
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AutorRespuesta No: 396411
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Fecha de respuesta: Domingo 22 de Octubre de 2017 15:38 2017-10-22 15:38 desde IP: 189.245.191.98
SI ESTA USTED EN EL D.F. estamos a sus ordenes.
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Autor
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AutorRespuesta No: 396412
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Fecha de respuesta: Domingo 22 de Octubre de 2017 16:34 2017-10-22 16:34 desde IP: 189.245.191.98
FRRONTERA 23-A. COLONIA ROIMA NORTE. CONSULTAS PREVIA CITA. CEL. .
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AutorRespuesta No: 396413
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Fecha de respuesta: Domingo 22 de Octubre de 2017 16:34 2017-10-22 16:34 desde IP: 189.245.191.98
FRRONTERA 23-A. COLONIA ROIMA NORTE. CONSULTAS PREVIA CITA. CEL. .
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AutorRespuesta No: 396426
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Fecha de respuesta: Lunes 23 de Octubre de 2017 20:11 2017-10-23 20:11 desde IP: 189.141.5.113
vender... no.... ceder los derechos litigiosos... despues de haber sido nombrado heredero y por ende albacea de la sucesión.... tu abogado te dice que hacer y como hacerlo... de lo que no te salvas de ninguna forma... es del pago al impuesto sobre la renta... que seguro es lo que te quieres saltar...
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AutorRespuesta No: 396448
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Fecha de respuesta: Miércoles 25 de Octubre de 2017 21:01 2017-10-25 21:01 desde IP: 187.190.160.19
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