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CHOQUE
- Consulta : 283226
- Autor : floresramirez_NR
- Publicado : Jueves 21 de Septiembre de 2017 20:08 desde la IP: 177.231.46.8
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,144
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AutorConsulta
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Publicado el Jueves 21 de Septiembre de 2017
Estado de Referencia: Querétaro
me podrian ayudar mi padre choco al parecer dio una vuelta prohibida,no se levanto acta de transito, los de la seguradora del otro vehiculo estuvieron presionandolo en su casa para que les diera 35 mil pesos,los cuales no se dieron le llego un citatorio del mp no se pudo presentar debido a que con lo sucedido el cayo en cama y fallecio por la consecuencia del golpe. ahora se que el contrato un abogado para llevar el asunto el me llama hoy para decirme y que ocupa unos documentos de la clinica donde el estuvo internado que para reclamar una indenizacion esto es valido o esto termina con la muerte de mi padre. -
AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 396036
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Fecha de respuesta: Jueves 21 de Septiembre de 2017 23:24 2017-09-21 23:24 desde IP: 187.228.135.6
floresramirez:
Lamento su sensible pérdida acaecida por la defunción de su señor padre, y le informo que el contrato que celebrara su difunto progenitor muy bien se puede considerar terminado, pues en todo caso de que se tratara de un mandato, dicho mandato termina con la muerte del mandante o la del mandatario.
También es importante el que usted sepa que la responsabilidad penal termina con la muerte del agente activo el delito, así que su señor padre ya está eximido de pagar indemnización alguna derivada del percance automovilístico en el que participara.
Pero si fuera el caso de que el abogado que usted menciona que le dijo fue contratado por su difunto padre insiste en sus pretensiones, requiérale que demande ante un juez a la sucesión de su progenitor, acompañando a su demanda el original del contrato escrito celebrado entre el abogado y su padre, aclarando al dicho abogado que primero deberá iniciar el juicio sucesorio porque la demanda deberá ser contestada por el albacea de la sucesión del DE CUJUS SUCESSIONE AGITUR (De aquel de cuya sucesión se trata).
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Autor
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AutorRespuesta No: 396040
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Fecha de respuesta: Viernes 22 de Septiembre de 2017 12:59 2017-09-22 12:59 desde IP: 189.180.241.137
como siempre... en otra calle y preguntando por otras señas... lo importante es saber si hay o no una citación ministerial... en este caso de la fiscalia de justicia del estado... y saber a quien acusan... si es a tu padre.. con presentar la acta de defunsión... se acabo el problema... si es al reves... tu abogado deberá pedir la reparación del daño...pór la muerte de tu padre... la cual es equivalente a 5000 dias de salario que venia cobrando tu padre... tu abogado sabe.. te explica... y te dice si es correcto lo que se piensa hacer... y a quien hay que denunciar... o demandar... segun el caso... a la aseguradora.. o al asegurado...
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AutorRespuesta No: 396053
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Fecha de respuesta: Viernes 22 de Septiembre de 2017 19:18 2017-09-22 19:18 desde IP: 187.228.150.129
garovalo:
Leíste muy mal la consulta, cuenta habida que el consulante de manwra textual anotó:
“le llego un citatorio del mp no se pudo presentar debido a que con lo sucedido el cayo en cama y fallecio por la consecuencia del golpe…” (SIC)
pero en este asunto estás pasando por alto que el abogado carece de designación ante el agente del Ministerio Público y, por lo tanto, carece de personalidad y de representación que le permita actuar ante el Organo Persecutor de los delitos, y/o ante los jueces en materia penal.
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Autor
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AutorRespuesta No: 396057
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Fecha de respuesta: Viernes 22 de Septiembre de 2017 20:50 2017-09-22 20:50 desde IP: 189.145.232.128
Consultante:
Si su padre es el responsable del accidente de transito y murió a consecuencia de el, se extingue el delito debido que no es trascendental, en cuanto a la responsabilidad penal; ahora bien no indica si el vehículo que venia conduciendo su padre era de su propiedad o de una tercera persona, ya que la responsabilidad civil es de este. Saludos.
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