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Tradicional Foro de consultas
CASOS EN DONDE SE PUEDE UNO REPRESENTAR A UNO MISMO SIN ABOGADO.
- Consulta : 283008
- Autor : Polobond
- Publicado : Martes 08 de Agosto de 2017 23:17 desde la IP: 201.102.80.220
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,227
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 08 de Agosto de 2017
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AutorRespuesta No: 395316
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Fecha de respuesta: Miércoles 09 de Agosto de 2017 01:22 2017-08-09 01:22 desde IP: 187.155.140.34
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Autor
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AutorRespuesta No: 395323
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Fecha de respuesta: Miércoles 09 de Agosto de 2017 16:48 2017-08-09 16:48 desde IP: 187.190.11.3
Hola buen día a todos los participantes en este GRAN FORO. Aquí lo más IMPORTANTE, es, la representación por "MI PROPIO DERECHO" que sepas la materia en cuál tu quieres ser tu propio representante, no sólo deberás tener conocimiento de la Ley de la materia que sea, sino que deberás saber como aplicarla, en el camino te encontrarías a VIEJOS LOBOS de mar y si no estás bien preparado, a las primeras de cuentas te harían pedazos, en fin es mucho riesgo el que correrías, siempre e dicho en este GRAN FORO "zapatero a tus zapatos". Saludos a todos. Gracias
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AutorRespuesta No: 395329
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Fecha de respuesta: Jueves 10 de Agosto de 2017 14:16 2017-08-10 14:16 desde IP: 189.180.204.42
no importa la materia... tu puedes llevar tu asunto... lo que pasa es... que por ser un ignorante del derecho sustantivo.... y despues del derecho adjetivo... echan a perder su asunto.... y hablan mal del sistema... de mafias... pero la verdad es solo desconocimiento de lo que estan pidiendo... y como conseguirlo... el derecho es....tenerlo... haberlo perdido o que te lo hayan quitado... saberlo pedir... que te lo quieran dar... saludos polo.... efectivamene.... por propio derecho...
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AutorRespuesta No: 395345
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Fecha de respuesta: Jueves 10 de Agosto de 2017 22:19 2017-08-10 22:19 desde IP: 187.190.155.76
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