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ACTA DE MATRIMONIO NO HAY SENTENCIA DE DIVORCIO

  • Consulta : 282777
  • Autor : angelzaid
  • Publicado : Lunes 19 de Junio de 2017 15:59 desde la IP: 189.233.149.5
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,162
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  • Autor
    Consulta

  • angelzaid
    USUARIO REGISTRADO

    En acta de matrimonio actualizada no existe ningún dato de sentencia de divorcio como puedo saber ya que nunca se termino ni se entrego ningún documento hace 25 años ¿sigo casada se realizo unas entrevistas las cuales no se hizo seguimiento.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 394772

  • Magister Curiae
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    angelzaid:

    Una enorme cantidad de abogados se limitan a obtener la sentencia de divorcio y se abstienen de realizar el subsecuente trámite de que dicha sentencia sea anotada marginalmente en el acta de matrimonio o de que se levante acta de divorcio en el Registro Civil.

    Así las cosas, usted deberá investigar en qué juzgado quedó el expediente de su juicio, tomando en cuenta que por reorganización de los tribunales y/o aumento del número de juzgados, pudo haber quedado a cargo de juzgado diverso al que en su momento conoció del juicio.

    Una vez encontrado el juzgado a cargo del expediente, deberá investigar en qué fecha y con qué oficio fue emitido al Archivo Judicial, para que, con esos datos usted solicite la devolución del expediente para que regrese al juzgado, para que el juez gire oficio al Registro Civil ordenando la anotació-n marginal del divorcio en el acta de matrimonio.





  • Autor
    Respuesta No: 394776

  • Karina94
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    LA SENTENCIA PARA QUE TENGA EFCTOS DE DIVORCIO, debe estar inscrita en el Registro Civil. Le coviene, si no sabe que juzgado le correspondio y para evitar gastos innecesarios, promover otro divorcio incausado. CONSULTENOS. 1. CEL. 5522525949.





  • Autor
    Respuesta No: 394778

  • Magister Curiae
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    angelzaid:

    Haga caso omiso de las tonterías que escribe la pseudoabogada Karina94, cuenta habida que, de plano, son puras estupideces.

    En efecto, lo que disuelve el vínculo matrimonial siempre es la sentencia de divorcio, y su eficacia es independiente de que se inscriba en el acta de matrimonio, de manera similar a que el otorgamiento de mandato en escritura pública tiene su validez independientemente de que se inscriba o no en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio.

    En otras palabras, el acto jurídico para nada depende de que sea registrado en algún registro, al respecto traigo a colación el pleito que sostengo acerca de que algunos o muchos jueces del Distrito Federal niegan la intervención como mandatarios judiciales a los abogados designados con tal calidad, tan sólo porque les exigen que su cédula profesional esté registrada en la Presidencia del Tribunal sin que se cumpla este requisito.

    Y aprovecho la ocasión para hacer notar que existe jurisprudencia firme de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que apoya mi opinión jurídica haciendo notar que la Ley nunca exige el doble registro de un documento para que tenga validez. Abundando en este asunto, alego que los jueces que exigen la inscripción de la cédula profesional invocan la Ley Orgánica del TSJDF, que es totalmente inaplicable, pues esta Ley Orgánica requiere tal registro pero solamente para que el abogado pueda cobrar los gastos y costas del juicio, cuando ha patrocinado al ganador, nunca como requisito para poder actuar como mandatario.

    Desde luego que las palabras de la coyotota Karina94 deben ser desestimadas porque, como ella misma se ostenta como carente de título y de cédula profesionales de abogada, es claro que se trata de una persona carente de la preparación que se requiere para opinar válidamente e inclusive se ha ostentado como empleada del despacho de un abogado ampliamente cono-cido porque se aparece en estos foros nada más para conseguir clientes pero sin que nunca haya aportado ningún consejo profesional a los consultantes, y cuando ha desahogado consultas ha sido cometiendo tremendos desatinos, así que "de tal palo, tal astilla".



  • Autor
    Respuesta No: 394803

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    no explicas nada... contrataron un abogado... levarn un juicio de divorcio... y terminado este... TUVIERON SENTENCIA?.... TE CONSTA LA MISMA?... sabes que expediente es y donde esta?.... buscalo... y ve si se ordenó el oficio y copias al registro civil... ordenando el levantamiento de anotación marginal... y expedición del acta de divorcio... si se recogio ... pero... todo esto pudo haber pasado... y no haber ido al registro civil a poner en conocimiento de este juicio de divorcio... y por ende nunca se pago ... y nunca se hizo el cambio... luego entonces... estas casada... ese no es problema del abogado,... es del cliente que no estuvo al pendiente del acto...



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