Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

RESCISION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA .

  • Consulta : 281695
  • Autor : nandoromsa_NR
  • Publicado : Jueves 08 de Diciembre de 2016 09:44 desde la IP: 187.226.201.2
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,140
Recomienda esta consulta a un amigo
  • Autor
    Consulta

  • nandoromsa_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal
    soy un inquilino respetuoso , tranquilo y responsable ;hace unos dias mi arrendadora me solicito que le desocupara el departamento , en un maximo de tres meses , su motivo es que lo va a rentar a un familiar .no me niego a entregarlo pero considero que es poco el tiempo que me otorga para , yo , encontrar otra vivienda adecuada para mi familia . es esto justo , como me puedo defender para lograr un plazo mas amplio ? a que tengo derecho , ya que como lo mencione anteriormente, yo no he dado motivo para tal situacion.

     

Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí



  • Autor
    Respuesta No: 392475

  • Magister Curiae
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    abogado edo mex1:

    nandoromsa:

    Usted omitió informar al foro si es que cuenta con contrato de arrendamiento escrito y la fecha de terminación del mismo.

    Sin embargo es importante que usted sepa que entre las causas de terminación de los arrendamiento las leyes nunca mencionan como causal el que el(la) arrendador(a) lo pretenda rentar a otra persona, sea pariente o extraño.

    Cabe agregar que el Código Civil establece que en caso de que el(la) arrendador(a) quiera dar por terminado un contrato celebrado por tiempo indefinido, debe dar aviso fehaciente al arrendatario (inquilino) lo que le costará lo que cobre el Notario Público que haga el aviso, o lo que gaste por un trámite en juzgados y gastos de abogado.

    Es pertinente señalar que en caso de terminación del contrato por tiempo indeterminado, la ley establece que el arrendatario debe desocupar en el plazo de dos meses contados a prtir del aviso, pero aquí comienzan los bemoles del asunto…

    En caso de que el arrendatario continúe en posesión del inmueble no obstante el aviso de terminación antes mencionado, el arrendador(a) (casero) deberá proceder con un juicio para que el inquilino desocupe, lo que le ocasionará mayores gastos, y sin la garantía de que el juicio dure menos de seis meses o más de un año.

    Para concluir, lo aconsejable en su caso es que le diga a el(la) arrendador(a) que usted le solicita que le de el aviso notarial ó de diligencias judiciales de jurisdicción voluntaria acerca de la terminación del arrendamiento.

    Y como nota adicional, le informo que si carece de contrato escrito, entonces el(la) arrendador(a) tiene muchas más dificultades y gastos que enfrentar, por lo que mayormente es que siga mi consejo del párrafo anterior.



  • Autor
    Respuesta No: 392476

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    no dices si hay ontrato por escrito... no dices cuanto a corrido el contrato de arrendamiento... no dices si estas al corriente en el pago de las pensiones rentisticas....si no adeudas... y no le dio por escrito... puedes comenzar a depositar la renta en un juzgado... y salirte hasta la terminación de ese contrato... o e su caso... demandar a la terminación y antes de que se venza el contrato... la tacita reconducción... esto es.... demandas que el contrato se prorrogue por otro año... con la misma renta... mas el incremento del interes legal en materia civil d tu estado... por el monto de la renta anual... tu abogado en materia de arrendamiento inmobiliario... sabe que hacer... mientras no te haya dado por escrito el avio de terminación... ya sea por medio de notario... o de un juzgado en via de jurisdicción voluntaria... no te ha avisado nada... y no debes salirte sin un acuerdo de terminacióin de contrato... porque luego subsiste el contrato... tu te saliste... y te demanda el cumplimiento del pago de la renta... a ti... o a tu fiador... tu abogado sabe que hacer.,..



Para responder consultas en el Foro deberá iniciar sesión