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MUERE MI PAPá, SEGUROS BANCOMER NO PAGA Y BBVA BANCOMER PIDE QUE ENTREGUEMOS LA CASA

  • Consulta : 281525
  • Autor : sergioavendanom
  • Publicado : Martes 15 de Noviembre de 2016 21:07 desde la IP: 187.171.146.221
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,145
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    Consulta

  • sergioavendanom
    USUARIO REGISTRADO

    Buenas tardes. Intentaré exponer mi caso brevemente pero si alguien quisiera ahondar en detalles los expondré con mucho gusto. Murió mi papá, tenía contratado un crédito en Hipotecaria Nacional que fue comprado por Bancomer, he hecho el trámite para el seguro de vida que cuenta con Seguros Bancomer del cual además del mal servicio y lentos para procesar la documentación que me pedían, resultó en una negativa de pago por la siguiente razón que cito textual. "No fue posible realizar el pago del seguro ya que con base en el resumen clínico del Instituto Mexicano del Seguro Social; así como el certificado de defunción, documentos que confirman que el C. Fulano contaba con antecedentes de Hipertensión Arterial, Cardiopatía Isquémica y Diabetes Mellitus, padecimientos anteriores a la fecha del inicio del contrato y vigencia de la póliza en disa, por lo que se consideró improcedente la reclamación, se anexa al presente dicho resumen clínico mencionado en copia simple, así como el certificado de defunción. Por las manifestaciones vertidas en el cuerpo de este ocurso, se confirma improcedente el pago de las prestaciones solicitadas por haber incurrido el asegurado, en omisiones al momento de la contratación de la póliza de referencia. El presente informe está fundado en lo dispuesto por los artículos 1, 2, 10, 11, 12, 52, 60, 63, 65, 67, 68 fracción II, 70 y 72 bis de la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros." Ahora la cuestión es que mi papá no contaba con esos antecedentes, sucede que su historial médico estaba limpio ante el IMSS, pero por una declaración de la hermana ante el médico que firmó la defunción que declaró con dolo que su hermano contaba con todas las enfermedades mencionadas para precisamente causarnos problemas a mi mamá y sus hijos (mi hermana y yo). Acudí ante el IMSS por el expediente clínico certificado y sellado completo del fallecido en el cual se demuestra que no contaba con antecedentes, pero pese a eso la aseguradora se basa en la declaración firmada por el médico que a su vez sirvió para el certificado de defunción para no pagar el seguro. El chiste es que al día de hoy recibo cartas de Bancomer que como no ha pagado el titular (se les olvida que está muerto) piden que entreguemos la "garantía" o sea la casa. Por otra parte el IMSS se niega por medio de su director general del hospital a firmarnos algún documento que indique lo que de verbo nos dicen que mi papá no contaba con padecimientos previos demostrados ante el certificado clínico certificado completo de mi papá. Por otra parte quiero mencionar que el contrato se firmó el día 15 de octubre de 2012 y en las condiciones generales reza una cláusula de indisabilidad que indica que cubre cualquier causa de muerte incluyendo el suicidio despues de 2 años a la firma del contrato. Eso mismo me indicaron en la Condusef, al día de hoy se solicitó una audiencia con un apoderado legal de Seguros Bancomer y un conciliador de la Condusef ya que para esta última autoridad es improcedente la negativa de pago de Bancomer según la asesoría de la titular de dicha dependencia. Por todas las atenciones vertidas al asunto expuesto agradezco de antemano de parte mía y de mi familia que nos vemos acosados por Bancomer que nos quieren correr de nuestra casa y su aseguradora que se niega a pagarnos y a incumplir la cláusula de indisabilidad.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 392076

  • PeregrinaSalazar
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Buenas noches.

    Presenta una reclamación en Condusef para aclarar esa situación, ya que si bien es cierto que el articulo 47 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro establece la rescisión del contrato en caso de omisiones e inexactas declaraciones, si puedes demostrar que esos padecimientos no los tenía deben valorar esas pruebas y no sólo el resumen clínico y el acta de defunción.

    Ahora bien, el articulo 48 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro, dice que la aseguradora tiene 30 días luego de que conoce de la omisión e inexacta declaración, para notificar a los beneficiarios del seguro de la rescisión del contrato, por lo que en caso de no hacerlo, el contrato no se rescinde.

    Por lo anterior, si tienes forma de acreditar que le entregaste el resumen clínico y el acta de defunción, cuando te presentes a Condusef no manifiestes que ya te avisaron de la rescisión del contrato, si no que no te han dado una respuesta y de esa forma que se les pasó el plazo de 30 días y en caso de que no quieran pagar, tendrán la obligación de demostrar que te notificaron de la rescisión del contrato o a quien aparezca como beneficiario del seguro.

    Por lo que hace al crédito hipotecario, el Banco te va a cobrar porque a ellos no les interesa que no te haya pagado el seguro, por lo que si no resuelves el problema con la aseguradora, es probable que demanden y como la casa esta hipotecada, que la ejecuten… claro que ese procedimiento es largo y tardado, no de un día para otro y además deben demandar a la sucesión de tu papá, no a ustedes, por lo que no pueden entregarle la casa nada más porque así lo digan en sus cartas.

    Así que no hagas caso a las cartas que te llegan de Bancomer y trata de resolver el problema con la aseguradora.

    Por ultimo, te comentamos que si no resuelves tu problema en Condusef, tendrás que iniciar un juicio mercantil para el cobro del seguro y si te demanda Bancomer, debes informar en ese juicio que se está iniciando la acción contra la aseguradora.

    Realmente no es un asunto complicado, es largo, pero no complicado ya que hemos hechos esos tramites sin problema… pero si te decimos que necesitas un abogado que conozca la materia de seguros privados.

    “Peregrina & Salazar, Bufete Jurídico Especializado”



  • Autor
    Respuesta No: 392105

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    los parientes,,, cercanos al difunto.. se le ocurre siempre.... preguntar ..o le hacemos para que no le hagan la necropsia... la autopsia... y es cuando el apoyo se da... poniendo en el certificado de defunsion... antecedentes de Hipertensión Arterial, Cardiopatía Isquémica y Diabetes Mellitus... y evaden la necropsia... van a tener que pagar... o ... van a tener que desalojar... de eso no se salvan...



  • Autor
    Respuesta No: 392106

  • OMEGA 2013
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    es menester que usted demande tant a seguros bancomer como a bancomer. pero primeramente acudir a condusef. CONSULTENOS. CINCUENTA Y CINCO PLANTA BAJA. CONSULTA PREVIA CITA . CINCUENTA Y CINCO CATORCE SETENTA Y OCHO NOVENTA Y SIETE. CELULAR . CINCUENTA Y CINCO VEINTIDOS CINCUENTA Y DOS VEINTINUEVE CUARENTA Y NUEVE. LIC. . marco_trillo arroba punto com punto mx



  • Autor
    Respuesta No: 392107

  • OMEGA 2013
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    es menester que usted demande tant a seguros bancomer como a bancomer. pero primeramente acudir a condusef. CONSULTENOS. CINCUENTA Y CINCO PLANTA BAJA. CONSULTA PREVIA CITA . CINCUENTA Y CINCO CATORCE SETENTA Y OCHO NOVENTA Y SIETE. CELULAR . CINCUENTA Y CINCO VEINTIDOS CINCUENTA Y DOS VEINTINUEVE CUARENTA Y NUEVE. LIC. . marco_trillo arroba punto com punto mx



  • Autor
    Respuesta No: 392448

  • sergioavendanom
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Gracias PeregrinaSalazar por su respuesta clara y concisa, ya hay conciliación en la Condusef y por mi parte llevaré un abogado quien me representará. Gracias OMEGA 2013 Por otra parte garovalo no hace falta ser tan drástico.



  • Autor
    Respuesta No: 392464

  • sergioavendanom
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    garovalo como le respondieron en otro post, tengo mis dudas sobre si es abogado realmente, en caso de serlo quedaría usted como un patán incompetente.



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