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EJECTIVO MERCANTIL EJECUCION DE SENTENCIA.

  • Consulta : 281202
  • Autor : nr_NR
  • Publicado : Sábado 08 de Octubre de 2016 18:02 desde la IP: 189.217.195.24
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,145
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  • Autor
    Consulta

  • nr_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal
    CONTRATE LOS SERVICIOS DE UN LIC. PARA EL COBRO DE UN PAGARE EN EL 2008, Y EN EL 2009 SE DICTO SENTENCIA FAVORABLE,EN EL 2010 SE PRESENTO LIQUIDACION DE INTERESES Y EL JUEZ DICTO SENTENCIA FAVORABLE,Y EN EL MES DE AGOSTO DEL PRESENTE AÑO SE PRESENTO NUEVAMENTE LA LIQUIDACION DE INTERESES, ADEMAS SE EMBARGO UN INMUEBLE PERO A LA FECHA NO SE HA PODIDO LOCALIZAR LOS DATOS EN EL REGISTRO PUBLICO DEL ESTADO DE MEXICO,EL ABOGADO DICE QUE TODO VA BIEN, PERO ME HE ENTERADO DE QUE EL DERECHO PARA EJECUTAR DICHA SENTENCIA ES DE TRES AÑOS,MI ABOGADO DICE NO HAY PROBLEMA PORQUE SE ESTA ACTUALIZANDO LOS INTERESES, SEÑORES PROFESIONISTAS ESTO ES VERDAD. GRACIAS

     

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  • Autor
    Respuesta No: 391309

  • Victormiaz
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Buenas tardes Efectivamente, mientras no se le deje de dar impulso procesal para ejecutar efectivamente la sentencia, no prescribe el termino de tres años para. Saludos



  • Autor
    Respuesta No: 391324

  • Magister Curiae
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Victormiaz:

    Está usted equivocado por cuanto que en la presente consulta se ha estado solicitando actualización de los intereses, pero nunca se ha solicitado la ejecución de la sentencia, y "no es lo mismo que lo mesmo", así que le recomiendo que lea usted el artículo 1079 fracción IV del Código de Comercio, y también la jurisprudencia firme de la Suprema Corte de Justicia de la Nación visible en el Registro 162860 de la Sistematización de Tesis y Ejecutorias de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (Antiguo IUS) que aquí le presento:

    Novena Época

    Registro: 162860

    Instancia: Primera Sala

    Jurisprudencia

    Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta

    XXXIII, Febrero de 2011

    Materia(s): Civil

    Tesis: 1a./J. 99/2010

    Página: 292

    EJECUCIÓN DE SENTENCIA DERIVADA DE UN JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL. EL DERECHO PARA SOLICITARLA PRESCRIBE EN EL TÉRMINO DE TRES AÑOS.

    El derecho para solicitar la ejecución de una sentencia firme y obtener lo reconocido en ésta es de naturaleza sustantiva, por lo cual se extingue mediante la figura de la prescripción. Así, el derecho a solicitar la ejecución de una sentencia derivada de un juicio ejecutivo mercantil prescribe en el término de tres años, conforme al artículo 1079, fracción IV, del Código de Comercio, que prevé una norma específica para tal supuesto frente al término genérico de diez años contenido en el artículo 1047 del mismo Código, el cual debe aplicarse en los casos en que no se señalen plazos más cortos para la prescripción.

    Contradicción de tesis 475/2009. Entre las sustentadas por el Segundo Tribunal Colegiado del Décimo Segundo Circuito, Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Sexto Circuito y el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Séptimo Circuito. 27 de octubre de 2010. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Arturo Zaldívar Lelo de Larrea. Secretarias: Ana María Ibarra Olguín y Luisa Reyes Retana Esponda.

    Tesis de jurisprudencia 99/2010. Aprobada por la Primera Sala de este Alto Tribunal, en sesión de fecha tres de noviembre de dos mil diez.

    No es lo mismo pedir actualización de intereses que solicitar ejecución de sentencia.



  • Autor
    Respuesta No: 391355

  • Raul Huerta
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Con respecto al último comentario, me surge la siguiente duda: La actualización de la planilla de intereses moratorios, no se ahce en el cuadernillo del inciente de ejecución de sentencia? Si ese fuera el caso, entonces la prescripción no opera en este caso. Saludos cordiales.



  • Autor
    Respuesta No: 391367

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    hacer la planilla... no es pedir la ejecución del acto privilegiado... la sentencia... el cuaderno de pago de gastos y costas... intereses y montos generados en jucio... es apendice... que no resuelve la ejecución...



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