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MI ESPOSA SE LLEVO 50,000 PEOS Y QUIERE EL DIVORCIO

  • Consulta : 280265
  • Autor : rolandorami_NR
  • Publicado : Domingo 26 de Junio de 2016 20:09 desde la IP: 201.141.48.78
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,140
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  • Autor
    Consulta

  • rolandorami_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal
    hola mi esposa se llevo varios objetos de la casa ademas de 50,000 pesos en efectivo se llevo a los perros escaneo todos los documentos y le saco fotografias a todo metio una demanda de divorcio y ahora quiere el 50 por ciento de el departamento 50 por ciento del terreno y asi todo pero ella nunca trabajo ademas nunca pudimos tener hijos gaste miles y miles de pesos en inseminacion artificial en estudios y demas alguien me puede decir como proceder ? a que tiene derecho ella y a que tengo derecho yo estuvimos casados 10 años ADEMAS QUIERE PENSION ALIMENTICIA

     

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  • Autor
    Respuesta No: 389501

  • JOSE LUIS CARBAJAL
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Bueno, primero tienes que contratar urgentemente los servicios de un abogado especialista en materia familiar. Tendrás que allegarte de toda clase de documentos, testigos que den fe de los que aseveras. Tendrás que decir el régimen por el cual se casaron, que independientemente de eso, tu aún esposa tiene derecho a una compensación, que la ley marca de hasta el 50% de los bienes. También tiene derecho a pensión alimenticia. Pero tienes que tener calma y aportar en el juicio toda clase de elementos (pruebas, documentales, testimoniales y demás). Para que el juez familiar esté en posibilidad de emitir una sentencia justa.



  • Autor
    Respuesta No: 389504

  • OMEGA 2013
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    SERVICIOS JURIDICOS PROFESIONALES. Mas de 30 años al servicio de usted. Córdoba 55-101. Colonia Roma Norte. Tel. . Cel. . Lic-. Marco Antonio Trillo Vega. AREAS: DERECHO CIVIL. DERECHO FAMILIAR. AMPARO. DERECHO ADMINISTATIVO.



  • Autor
    Respuesta No: 389505

  • OMEGA 2013
    ABOGADO CIVIL


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  • Autor
    Respuesta No: 389506

  • OMEGA 2013
    ABOGADO CIVIL


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  • Autor
    Respuesta No: 389507

  • OMEGA 2013
    ABOGADO CIVIL


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  • Autor
    Respuesta No: 389508

  • Magister Curiae
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    rolandorami:

    JOSE LUIS CARBAJAL:

    Es inexacto que la señora tenga derecho a una pensión alimenticia

    En efecto, la mujer puede tener una pensión alimenticia si fuera el caso de que se dedicó preponderantemente al hogar y al cuidado de los hijos, pero en la especie es notorio que nunca tuvieron hijos, de tal manera que está incumplida esa condición t, consecuentemente, carece de derecho para obtener pensión alimenticia.

    A lo anterior se puede agregar el alegato de que la mujer se abstiene de trabajar NO por causa de enfermedad que la incapacite, sino porque es negligente, indolente, etc….para trabajar.

    Finalmente agrego que en relación con los bienes, antes de nada es necesario conocer el régimen patrimonial del matrimonio para poderle asesorar, pero adelanto que si hay separación de bienes, ella carece de derecho para demandar el 50%, y si fuera el caso de que se casaron por sociedad conyugal, entonces la mujer tiene la obligación de pagar el 50% de las deudas.

    Finalmente, le hago saber que de conformidad con la narrativa de la consulta, la mujer cometió el delito de robo respecto del dinero y de los perros que me imagino son de pedigrí, y que este delito de robo se cometió inclusive si el matrimonio es por sociedad conyugal, pues hay jurisprudencia que así lo establece.



  • Autor
    Respuesta No: 389510

  • JOSE LUIS CARBAJAL
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Con todo respeto mi estimado Magister Curiae, y a quien le mando un saludo. Pero la señora tiene derecho a pensión alimenticia atento a la correcta interpretación del artículo 288 del Código Civil del Distrito Federal ordena la pensión alimenticia para ex cónyuges en cuatro escenarios: que quien recibirá la pensión se hubiera dedicado en forma preponderante AL CUIDADO DEL HOGAR; al cuidado de los hijos; esté imposibilitado para trabajar, o carezca de bienes. Es decir toma en cuenta 1.- Cuidado del hogar (tenga hijos o no tengahijos, porque separa un punto y coma) 2.- Al cuidado de los hijos 3.- Esté imposibilitado para trabajr y 4.- Al que carezca de bienes. Es incorrecta su afirmación en que menciona que si se dedico al hogar Y cuidado de los hijos. Siendo que en la ley jamás esta la obligatoriedad de los alimentos basados en la dos premisas como usted erroneamente dice. Aunado a que ni usted no yo vamos a sentenciar y el juez va a valorar conforme lo que las partes prueben y la mujer tiene beneficio a su fabor. Aunque no hayan tenido hijos y la señora se dedico a realizar las actividades propias de un ama de casa, como lo es el reailizar los alimentos, servirselo al marido en el desayuno, comida y cena, lavar la ropa del marido, plancharsela, atenderlo, eso aunque no tengan hijos se llama aquí y en China dedicarse al cuidado del hogar. Y por consiguiente si la señora no trabajó durante el matrimonio y se dedicó al cuidado del hogar tiene el derecho de una pensión alimenticia.



  • Autor
    Respuesta No: 389518

  • ivanchut
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    checa tambien si las propiedades fuern adquiridas antes o despues del matrimonio, solo entran las q fueron adquiridas durante el matriminio, saludos



  • Autor
    Respuesta No: 389519

  • Magister Curiae
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Colega José Luis Carbajal:

    Le reciproco los cordiales saludos, pero le hago notar que usted ha dejado de tomar en consideración que, para que la mujer tenga derecho a alimentos se deben cumplir ciertas condiciones que menciona el artículo 288 del Código Civil que usted invoca, por lo que me permito insertarlo a la letra:

    Articulo 288.- En caso de divorcio, el Juez resolverá sobre el pago de alimentos a favor del cónyuge que, teniendo la necesidad de recibirlos, durante el matrimonio se haya dedicado preponderantemente a las labores del hogar, al cuidado de los hijos, esté imposibilitado para trabajar o carezca de bienes; tomando en cuenta las siguientes circunstancias:

    I.- La edad y el estado de salud de los cónyuges;

    II.- Su calificación profesional y posibilidad de acceso a un empleo;

    III.- Duración del matrimonio y dedicación pasada y futura a la familia;

    IV.- Colaboración con su trabajo en las actividades del cónyuge;

    V.- Medios económicos de uno y otro cónyuge, así como de sus necesidades; y

    VI.- Las demás obligaciones que tenga el cónyuge deudor.

    A lo anterior agrego que por el contenido de la narrativa de la consulta, la experiencia nos lleva a concluir que en la especie se trata de un matrimonio de clase media alta, usualmente constituido por hombre y mujer con estudios profesionales los dos, y por lo tanto ambos con posibilidades de acceso a un empleo porque tiene preparación suficiente como para haber hecho lo narrado de que "…escaneo todos los documentos y le saco fotografias a todo…", casados por diez años durante los cuales la mujer para nada se dedicó a la familia porque "… nunca pudimos tener hijos…", a lo que se agrega que dicha esposa nunca colaboró con el trabajo del marido consultante, cuenta habida que el consultante afirma "…gaste miles y miles de pesos en inseminacion artificial en estudios y demas…", es decir que él fue el único que gastó ese dinero sin que ella aportara nada, ni siquiera trabajo.

    Así que la conclusión lógica es que la mujer se dedicó a ser una "muñequita" mantenida por el marido consultante, y su matrimonio fue uno en el que los ingresos del consultante hicieron posible que ella viviera ese tipo de vida en el que el marido tenía el papel de proveedor y la esposa el de lucirse en reuniones en las que se destacaba que era una pareja aparentemente feliz y sin problemas económicos, al grado tal que tenían más de un perro que la esposa se llevó junto con el dinero porque seguramente son perros de raza fina y pedigrí que tienen un alto valor de mercado



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