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PENSION A LOS 55 AÑOS LEY DEL IMSS ANTES DE 1973

  • Consulta : 274480
  • Autor : irma_aguayo2002_NR
  • Publicado : Miércoles 19 de Agosto de 2015 21:39 desde la IP: 189.162.139.111
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,089
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  • Autor
    Consulta

  • irma_aguayo2002_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Jalisco

    Hola deseo saber si puedo pensionarme a los 55 años tengo cotizadas 2,060 semanas cotizadas y reconocidas ante el IMSS.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 384554

  • marcomcmlx
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    La pensión anticipada está contemplada solo en la ley 97, no en la ley 73.

    Para poderte pensionar así, debes tener al menos 1250 semanas cotizadas, tener menos de 60 años, haber dejado de cotizar y, aquí viene lo difícil, tener en tu cuenta individual una cantidad suficiente para contratar una renta vitalicia para ti de por lo menos un 30% superior a la pensión garantizada y un seguro de sobrevivencia para tus beneficiarios.

    En otras palabras si tienes entre 800 y 850 mil pesos en tu cuenta podrías pensionarte con unos $3,500.00 mensuales.

    Pero con 2069 semanas cotizadas (debes haber empezado a trabajar a los 16 años) sería un verdadero desperdicio.

    Mi consejo es que busques pensionarte por la ley 73, a los 60 años.

    ¿sigues trabajando?

    ¿salario de cotización?

    Con más información se podría establecer una estrategía.



  • Autor
    Respuesta No: 384635

  • Usuario2011
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    LOS REQUISITOS PARA PENSIÓN POR RÉGIMEN 73 SON

    60 AÑOS

    MÍNIMO 500 SEMANAS COTIZADAS. (APROX 10 AÑOS)

    SIN RELACIÓN LABORAL.

    EN ESTE CASO, POR LAS SEMANAS COTIZADAS, TENDRÍAS UNA CONSERVACIÓN DE DERECHOS DE 9.9 AÑOS ESTO QUIERE DECIR QUE PODRÍAS LLEGAR A LOS 60 AÑOS SIN COTIZAR Y PENSIONARTE.

    SIN EMBARGO, EL HECHO DE NO COTIZAR TENDRÍA COMO CONSECUENCIA UNA PENSIÓN MENOR, YA QUE LAS PENSIONES POR REGIMEN 73 PREMIAN LOS AÑOS COTIZADOS EXCEDENTES DESPUÉS DE LOS 10 AÑOS QUE PIDEN COMO MÍNIMO.

    CUÁL ES EL MOTIVO POR EL QUE YA NO PUDIERA COTIZAR DE LOS 55 A LOS 60?

    SE PUEDE GENERAR UN PROYECTO EN BASE A LA META QUE SE HAYA CREADO DE PENSIÓN, O EN SU CASO, SI AÚN NO LA TIENES, MOSTRARTE LOS DIVERSOS PANORAMAS, A LOS CUALES PUEDES LLEGAR, CADA UNO DE ELLOS ADECUADOS A TUS EXPECTATIVAS.

    QUEDO A TUS ÓRDENES.

    ATENTAMENTE.

    MINERVA VÁZQUEZ



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