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CORRECCIóN DE ACTAS POR APELLIDOS
- Consulta : 270565
- Autor : Lourdesbo
- Publicado : Jueves 02 de Julio de 2015 12:04 desde la IP: 189.233.68.169
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,137
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AutorConsulta
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Publicado el Jueves 02 de Julio de 2015
buenos dias, necesito orientacion de que debo hacer en 1982 registre a mi hijo con mis apellidos de madre soltera, hoy que se solicito una acta de nacimiento actualizada me entregan una en donde aparece el padre registrando al niño con los apellidos de ambos. (madre y padre), el problema es que nunca lo menciono y los documentos escolares asi como su credencial de elector aparace solo con mis apellidos que debemos hacer para que se corriga su acta o se cancele el acta donde su padre lo registro, mi hijo actualmente tiene 30 años y nunca hemos sabido de su padre ni siquiera sabemos si vive o no que debemos hacer
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 392372
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Fecha de respuesta: Viernes 02 de Diciembre de 2016 18:27 2016-12-02 18:27 desde IP: 201.148.13.249
Hola Buenas tardes Sra. Lourdes, mi comentario no es en función de su consulta, sin embargo me gustaria contactarla ya que observe que usted escribio algun comentario acerca de la CUNAC y sus estafas, me gustaria consultarla debido a que yo estoy en una situación similar a la de usted con esa asosiación, ya llevo mas de 2 años y nada de departamento y dinero. le agradecere muchisimo si me responde a mi correo: nezka13
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Autor
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AutorRespuesta No: 392374
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Fecha de respuesta: Viernes 02 de Diciembre de 2016 18:31 2016-12-02 18:31 desde IP: 189.180.233.36
no hay cancelción... ese acto solo pudo hacerlo tu hijo... cuando cumplio la mayoria de edad... u en un término de seis meses despues de ocurrido... me parece increible que hasta ahora... 30 años despues... descubras que tiene el reconocimiento del padre... ningun juez cambia apellidos o da apellidos... solo hay cambio en el nombre de pila...
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AutorRespuesta No: 392382
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Fecha de respuesta: Sábado 03 de Diciembre de 2016 09:25 2016-12-03 09:25 desde IP: 187.193.0.150
Hola buenos días. Primero se debe conocer que sucedió ahí. Si dice usted que registró al entonces menor con sus apellidos como madre soltera y hoy aparecen los apellidos de ambos solo puede deberse a una sola cosa RECONOCIMIENTO pues el Registro civil no es adivino para imponerle arbitrariamente esos apellidos al chico. Para que pueda reconocerse a un menor existen 5 formas dos de ellas ante el propio registro civil e invariablemente se requiere del consentimiento de la madre para que pueda llevarse a cabo. Como usted dice desconocer ello, entonces solo quedan 3 opciones que se dan sin ese consentimiento de la madre 1.- reconocimiento ante notario 2.- reconocimiento en testamento 3.- reconocimiento ante autoridad judicial pero en los 5 casos él acta lleva una anotación que hace referencia a la fecha y forma que tuvo el reconocimiento. Si no tiene la nota vaya al registro y pida le exhiban el libro original, ahí solo deberá estar su firma al momento de registrarlo y ellos, el registro civil, deberán darle una explicación del como fue que el padre llego al acta y de ser así pida la nota y ya no tendrá problemas pues aunque toda la papelería este con los apellidos de usted, la nota marginal servirá para justificar el cambio en apellidos al señalar la causa. Lo que sí es que ya no podrá seguir usando sólo sus apellidos pues si hubo reconocimiento ahora deberá usar los apellidos de ambos independientemente de que si el padre se hace cargo o no de ese hijo.
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