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  • Consulta : 270565
  • Autor : ulloa88
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  • ulloa88
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Hola buenos días. Primero se debe conocer que sucedió ahí. Si dice usted que registró al entonces menor con sus apellidos como madre soltera y hoy aparecen los apellidos de ambos solo puede deberse a una sola cosa RECONOCIMIENTO pues el Registro civil no es adivino para imponerle arbitrariamente esos apellidos al chico. Para que pueda reconocerse a un menor existen 5 formas dos de ellas ante el propio registro civil e invariablemente se requiere del consentimiento de la madre para que pueda llevarse a cabo. Como usted dice desconocer ello, entonces solo quedan 3 opciones que se dan sin ese consentimiento de la madre 1.- reconocimiento ante notario 2.- reconocimiento en testamento 3.- reconocimiento ante autoridad judicial pero en los 5 casos él acta lleva una anotación que hace referencia a la fecha y forma que tuvo el reconocimiento. Si no tiene la nota vaya al registro y pida le exhiban el libro original, ahí solo deberá estar su firma al momento de registrarlo y ellos, el registro civil, deberán darle una explicación del como fue que el padre llego al acta y de ser así pida la nota y ya no tendrá problemas pues aunque toda la papelería este con los apellidos de usted, la nota marginal servirá para justificar el cambio en apellidos al señalar la causa. Lo que sí es que ya no podrá seguir usando sólo sus apellidos pues si hubo reconocimiento ahora deberá usar los apellidos de ambos independientemente de que si el padre se hace cargo o no de ese hijo.