Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

PENCION ALIMENTICIA Y VIOLENCIA FAMILIAR

  • Consulta : 234047
  • Autor : paloma. gonzales_NR
  • Publicado : Jueves 26 de Junio de 2014 20:36 desde la IP: 187.242.15.144
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,080
Recomienda esta consulta a un amigo
  • Autor
    Consulta

  • paloma. gonzales_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Durango

    buenas noches y muchas gracias por atenderme lic. mi pregunta es la sig. tengo un hijo de 16 años es estudiante, y muy bueno gracias a diosy mi pregunta es la sig. el papa de mi hijo es carpintero y apenas ase 4 años que le esba pasando pencion, pero ya no quiere pasar nada el le dava por semana 150.00 yo se que es muy poco pero el me dice que si quiero que le de mas que tengo que rregresar con el y ps ya ase 15 años que me divorcie de el y no abia querido darle nada al niño asta ase 4 años, el es muy violento y le cabamos de comprar entre los 2 una comadora que el papa le quiere quitar ahora, siento que si lo denuncio por violencia familiar, ya no le vaya a dar nada, y me dice que me va a demandar por estarle exigiendo para la esc, de mi hijo, el trabaja fuera pero cunado viene se queda en mi casa, ps no se quiere ir digame que ago ps siento que afectaria  ami hijo, soy una perzona muy humilde y estoy desesperada ayudeme por fabor, ps me amenaza y me maltrata a mi y amis hijos ps tengo otro de 20 años que no es de el pero mi hijo mas grande ase 1 semana trato de suicidarse de ver como me maltrata gracuias a dios no paso nada, ps lo yeve pronto al dr. ahorita estoy desempleada ps se me termino el contrato de trabajo, y estoy esperando que me ablen de ante mano muchas gracias por escucharme.

     

Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí





  • Autor
    Respuesta No: 358417

  • licenciadoruben
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Buenas tardes antes que nada reciba un coordial saludo aqui puede realizar lo siguiente puede ser por la vía penal o civil (familiar algunos estados) en la penal por lo que me dice violencia psicologica y fisica así como si no existe comprobante de que le esta dando la pensión incumplimiento de alimentos, y en la civil puede promover de nueva cuenta le pensión alimenticia aunque necesita aclarar mas a detalle su caso en particular toda vez que no manifiesta si dicha pensión que esta otorgandole fue por sentencia o fue en resolución toda vez que si hubo un convenio tiene que demandar las clausulas que acordaron ya que es insuficiente y si fue por sentencia debe promover de que es insuficiente para los alimento de sus hijos ahora bien no expecifica la edad de sus hijos y si son mayores de edad si estos continuan estudiando para saber si aun le corresponde pensión alimenticia, ni la forma en que le otorga dicha pension si deposita al juzgado, es sobre nomina, si se los da permanentemente o cada vez que el quiere.



  • Autor
    Respuesta No: 358441

  • Pasante
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    estimada paloma gonzalez

    antes que nada, tranquilicese y que bueno que su hijo se encuentre bien y que no logro su cometido de perder la vida con ahorcarse pero aun asi, su hijo necesita ayuda de un psicologo, llevelo al dif de su localidad ahi le ayudaran, ok

    ahora bien, respecto a que ese sujeto quiere quitarle la c o m p u t a d o r a a su hijo, es vital que refiera a nombre de quien esta la factura de tal aparato electronico ya que refiere que entre los 2 la compraron pero omite manifestar quien es el legitimo propietario, ok.

    en cuanto a los hechos delictuosos que manifiesta, usted paloma puede ponerlos en conocimiento a travez de una denuncia por comparescencia ante el agente del ministerio publico investigador de su localidad asi como tambien el nombre de ese sujeto que ejerce maltrato fisico y verbal hacia usted como hacia OJO el hijo de ambos, ok

    entre las pruebas, usted solicite pericial en psicologia para determinar el sindrome de niño golpeado asi como pericial medica para determinar las lesiones que presente, de igual manera lleve consigo el acta de nacimiento del hijo de ambos y comprobante de domicilio donde conste la ubicacion donde vive 

    no soy omiso en manifestarle, estimada paloma, como defensor voluntario que he sido, que su exesposo se defendera respecto a los hechos que usted le acuse y podra instaurar su defensa argumentando que el no vive en el mismo lugar que usted y que por tanto el es inocente porque al no vivir ahi no se encontraba presente para ejercer la violencia fisica y verbal hacia usted como hacia el hijo de ambos, ok

    sin embargo, tal como se desprende de su consulta paloma, usted refiere que su exesposo acude a su domicilio algunos dias y se queda y ejerce la citada violencia, por ello, consultante usted tiene que precisar muy bien los dias que el ha estado en su domicilio y manifestar tanto lo que le ha hecho como lo que le ha dicho tanto a usted como al hijo de ambos 

     por otra parte paloma, que bueno que tuvo conocimiento de este portal juridico y acudio a pedir ayuda, y  no se deje porque  conforme al codigo penal de durango al ser menor de edad el hijo de ambos, el delito es perseguible de oficio por tanto el agente del ministerio publico investigador tiene obligacion de escucharla en su denuncia por comparescencia y aunque en estos delitos de oficio no procede el perdon para extinguir la accion penal, tampoco lo otorgue

    en relacion al otro hijo que tiene pero que no es de su exesposo, que sea levantada una DENUNCIA POR SEPARADO por el delito de lesiones manifestando lo que su esposo le hace y le dice y pida que se le practique una pericial en psicologia y una en psiquiatria asimismo lleve consigo el acta de nacimiento de el, ok

    por ultimo, busque la Procuraduria de la Defensa del Menor, la Familia y el Indigena en su localidad y pida ayuda para promover en la via civil deposito de persona de su menor hijo asi como perdida provisional y definitiva de la guardia y custodia del mismo en relacion a su padre. 

    fue un gusto poderle asistir

     



  • Autor
    Respuesta No: 358448

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Con el debido respeto, haga caso omiso de lo que señala el forista Pasante, ya que a pesar de que dice haber sido defensor voluntaroio, es claro su desconocimiento del derecho.

    Enmateria familiar, la violencia consiste en toda aquella conducta o acto abusivo de poder u omisión intencional, dirigido a dominar, someter, controlar, o agredir de manera psicológica, física, sexual, patrimonial o económica, dentro o fuera del domicilio familiar, cuyo agresor o agresora tenga o haya tenido con la persona agredida relación de matrimonio o concubinato; de parentesco por consanguinidad en línea recta, ascendiente o descendiente sin limitación de grado; pariente colateral consanguíneo o afín hasta el cuarto grado, o parentesco civil..

    Consecuentemente, la violencia no nadamás puede ser física, sino también psicológica, sexual patrimonial o económica, y cualquiera que sea la forma en la que una persona la ejerza en perjuicio de otra, el artículo 300, del Código Penal del Estado de Durango la tipifica como delito y la sanciona con pena de prisión de seis meses a cuatro años de prisión y multa de treinta y seis a doscientos ochenta y ocho días de salario y perderá el derecho de pensión alimenticia y en su caso, la prohibición de acudir o residir en lugar determinado así como la prohibición de comunicarse por cualquier medio con la víctima. Asimismo se le sujetará a tratamiento especializado psicológico, psiquiátrico o reeducativo según corresponda, independientemente de las penas que correspondan por cualquier otro delito.

    Adicionalmente, también debo señalarle que el artículo 297, del propio Código Penal de Durango, también sanciona con pena corporal el delito con la seguridad de la subsistencia familiar, a quien abandone a cualquier persona respecto de quien tenga la obligación de suministrar alimentos, sin recursos para atender a sus necesidades de subsistencia, aun cuando cuente con el apoyo de familiares o terceros, injusto que se castiga conpena de dos a seis años de prisión y multa de ciento cuarenta y cuatro a cuatrocientos treinta y dos días de salario, privación de los derechos de familia y pago, como reparación del daño, de las cantidades no suministradas oportunamente.

    En ambos delitos, el activo (en este caso, el padre), incurre en ellos al negarle a su hijo los medios económicos necesarios para su sibsistencia, suficiente para satisfacer la comida, el vestido, la habitación, la salud, el esparcimiento y la educación, de forma tal que puede proceder en conta del padre de su hijo, ya sea en la vía civil, demandado el pago de la pensión alimnenticia, o la penal, presentando la querella correspondiente, e inclusive, puede proceder en ambas instancias, ya que ninguna se excluye, por lo que puede reclamar civilmente la pensión y al mismo tiempo, querellarse por violencia familiar y la seguridad de la subsistencia familiar.

    Si no pudee contratar los servicios de un abogado especialista en Derecho Civil y penal, acuda entonces al Instituto de la Defensoría Pública del Estado de Durango, en donde le asignarán a un abogado de oficio que la asista y oriente, lleando a cabo los trámites legales que sean necesarios ante las autoridades competentes.



  • Autor
    Respuesta No: 358457

  • Pasante
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    raul cadena

    ignorante burro 

    estimada paloma

    de usted dependera el exito de su denuncia



Para responder consultas en el Foro deberá iniciar sesión