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ADJUDICACION DE UN DEPARTAMENTO
- Consulta : 232596
- Autor : maep_69_NR
- Publicado : Jueves 12 de Junio de 2014 18:30 desde la IP: 189.180.173.45
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,114
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AutorConsulta
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Publicado el Jueves 12 de Junio de 2014
Estado de Referencia: Distrito Federal
Hola!hay en mi edificio una vecina de 78 anios, cuido durante 30 anios a un Sr. De la misma edad que sufria de una enfermedad " maniaco deprecivo" ahunado a lagunas mentales. El sr. Fallese el 20 abril 2014 , y de ahi en adelante la familia del sr. Amenaza, insulta e insiste que la van a correr del depto a como de lugar!! El depto es supuestamente del hijo, nos acesoramos con un abogado y nos dice que se puede tramitar la adjudicacion a su favor. Pero nos dice que es algo caro, pero la situacio de la sra. Es que ni siquiera le quieren dar una i demnisacion, trabajaba los 365 dias,las 24 hrs, nunca gozo de vacaciones ni dias de descanso, puesto que la familia nunca lo visitaba!!! Y solo quieren sacarla. Pero ella no tiene familia ni donde ir, por eso mi consulta, se puede hacer la adjudicacion? Y si la puede tramitar ella misma( bueno con apoyo de nosotros los vecinos) creemos que no es justo lo que le estan haciendo!! Grasias y esperamos su respuesta!! -
AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 357116
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Fecha de respuesta: Jueves 12 de Junio de 2014 18:55 2014-06-12 18:55 desde IP: 187.208.18.141
qdjudicacion??? ese departamento al parecer quedo intestado y a la familia le corresponde a la familia quien tiene denunciar el sucesorio intestamentario. lo q la señora puede hacer es demandar el pago de todas y cada uno delos años q laboro ahi embargando la propiedad si es q alcanza para cubrir todo lo q no le pagaron solo asi se puede adjudicar.
en cuanto a la adjudicacion el abogado q uds consultaron a lo mejor lo q uiso decir fue q se podria intentar una prescripcion ...pero en su caso no procede
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Autor
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AutorRespuesta No: 357118
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Fecha de respuesta: Jueves 12 de Junio de 2014 19:01 2014-06-12 19:01 desde IP: 187.201.254.125
Consultante lo que su vecina no es posible, PORQUE A LA PERSONA QUE CUIDO SI EN SU CASO NO DEJÓ TESTAMENTO EN EL CUAL DEJABA COMO HEREDERA O LEGATARIA A SU VECINA, su vecina en ese supuesto no tiene derecho alguno sobre dicho departamento, Y EN SU CASO LOS QUE TIENEN DERECHO SON LOS HEREDEROS DEL SEÑOR FALLECIDO, no se deje engañar por el abogado que le sugiere quedarse con el departamento como propietaria porque ello no es posible.
Ahora bien Consultante, para que desalojen a la señora que refiere, LEGALMENTE DEL INMUEBLE QUE REFIERE, PARA ELLO LA PARTE DEMANDANTE O ACTORA TIENE QUE HACERLO MEDIANTE EL JUICIO CIVIL O FAMILIAR CORRESPONDIENTE, y en ese caso, puede AMPARARSE LA CITADA SEÑORA CONTRA LA SUPUESTA ORDEN DE DESALOJO, SI YA SE DICTÓ ALGUNA EN SU CONTRA, Y CON ELLO PODRÁ RETENER LA POSESIÓN DEL CITADO BIEN INMUEBLE, CREANDO ASÍ CONDICIONES FAVORABLES DE NEGOCIACIÓN A SU FAVOR, DE LAS CUALES EN ESTE MOMENTO CARECE, esperando que esta información le sea de utilidad en su caso, y que en breve lo resuelva favorablemente.
Por lo que le aconsejo jurídicamente que se asesore de un abogado que sea experto en MATERIAS PENAL Y CIVIL, para que tenga asegurado el éxito de su asunto, y si es el caso de que usted no cuenta con recursos económicos para pagar los honorarios de los servicios profesionales de un abogado particular, PUEDE USTED RECURRIR A LOS SERVICIOS JURÍDICOS PROFESIONALES Y GRATUITOS DE LOS DEFENSORES PÚBLICOS DE SU LOCALIDAD, esperando que esta información le sea de utilidad en su caso, y que en breve lo resuelva favorablemente.
Sin otro particular por el momento, quedo de Usted como su más atento y seguro Servidor, para cualquier aclaración o información adicional.
ATENTAMENTE
LIC. JORGE ARIEL MORALES FRANCO
Oficina: (0155) 6637-5063
Celular: (044) 55-3253-4941
WEB: w w w . m o r a l e s y c i a . n e t (minúsculas y todo junto)
E-MAIL: j m o r a l e s . m o r a l e s y c i a a r r o b a g m a i l . c o m (minúsculas y todo junto)
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Autor
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AutorRespuesta No: 357119
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Fecha de respuesta: Jueves 12 de Junio de 2014 19:02 2014-06-12 19:02 desde IP: 187.201.254.125
Por lo que le aconsejo que se asesore cuanto antes de un abogado que sea experto en MATERIA FAMILIAR, de esta forma tendrá garantizado el éxito de tu asunto, y si no cuenta con los recursos económicos para pagar los honorarios de un abogado particular, PUEDE RECURRIR A LOS SERVICIOS JURÍDICOS PROFESIONALES Y GRATUITOS DE LOS DEFENSORES PÚBLICOS DE SU LOCALIDAD, espero que esta información le sea de utilidad en su caso, y que en breve lo resuelva favorablemente.
Sin otro particular por el momento, quedo de Usted como su más atento y seguro Servidor, para cualquier aclaración o información adicional.
ATENTAMENTE
LIC. JORGE ARIEL MORALES FRANCO
Oficina: (0155) 6637-5063
Celular: (044) 55-3253-4941
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