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FIRMA INDUBITABLE
- Consulta : 221833
- Autor : nr_NR
- Publicado : Domingo 16 de Febrero de 2014 17:37 desde la IP: 199.67.138.43
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,217
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AutorConsulta
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Publicado el Domingo 16 de Febrero de 2014
Estado de Referencia: Aguascalientes
Una opinión voy a objetar un documento privado en juicio, y la ley procesal civil de mi estado establece varias fracciones para considerar firmas indubitables, y en un de las fracciones establece los siguiente:
v.- Las firmas o huellas digitales puestas en actuaciones judiciales, en presencia del secretario del tribunal, o de quien haga sus veces, por parte cuya firma, letra o huella digital se trate de comprobar, y las puestas ante cualquier otro funcionario revestido de la fe pública.
las firmas ante cualquier otro funcionario revestido de fe pública, puede consderarsele a la credencial de elector? misma que es emitida por un funcionario público, saludos!!!
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 340382
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Fecha de respuesta: Domingo 16 de Febrero de 2014 17:39 2014-02-16 17:39 desde IP: 187.213.218.214
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Autor
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AutorRespuesta No: 340385
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Fecha de respuesta: Domingo 16 de Febrero de 2014 17:43 2014-02-16 17:43 desde IP: 189.234.205.149
los trabajadores del ife... no son funcionarios... y no estan investidos de la figura de fe publica...la credencial del ife... es una identificacion que tiene la calidad de federal... pero no esta condiderada indubitable...
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Autor
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AutorRespuesta No: 340387
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Fecha de respuesta: Domingo 16 de Febrero de 2014 17:46 2014-02-16 17:46 desde IP: 187.201.244.128
CONSULTANTE nr_NR,
Presente:
Reciba un cordial saludo de mi parte, y en relación a su pregunta jurídica, le comento lo siguiente:
A efecto de estar en posibilidad jurídica y materia de poder asesorarle de manera correcta en su caso, ES NECESARIO QUE NOS APORTE MAYORES ELEMENTOS EN SU CONSULTA, por lo que estoy en espera de que nos proporcione dicha información, saludos.
Sin otro particular por el momento, quedo de Usted como su más atento y seguro Servidor, para cualquier aclaración o información adicional.
ATENTAMENTE
LIC. JORGE ARIEL MORALES FRANCO
Oficina: (0155) 6637-5063
Celular: (044) 55-3253-4941
WEB: w w w . l i n a r e s y c i a . c o m (minúsculas y todo junto)
E-MAIL: j m o r a l e s . l i n a r e s y c i a a r r o b a g m a i l . c o m (minúsculas y todo junto)
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AutorRespuesta No: 340388
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Fecha de respuesta: Domingo 16 de Febrero de 2014 17:48 2014-02-16 17:48 desde IP: 187.213.218.214
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Autor
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AutorRespuesta No: 340391
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Fecha de respuesta: Domingo 16 de Febrero de 2014 17:53 2014-02-16 17:53 desde IP: 189.234.205.149
emoleados federales... funcionario es el que es insmobibke en su cargo... estos son solo empleaduchos... y se les dice asi... porque creen o se sienten hechos a mano... imponen reglas para dar el servicio... violentan leyes y reglamentos... y pueden o no... entregarte tu credencial... dependiendo de si los caballeros estan en su mes... o las señoras tengan dolores en la prostata...
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Autor
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AutorRespuesta No: 340406
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Fecha de respuesta: Domingo 16 de Febrero de 2014 18:43 2014-02-16 18:43 desde IP: 187.170.28.161
garovalo:
Si no mal recuerdo usted se ha ostentado como perito en grafoscopía, claro que si estoy equivocado mi crítica sigue teniendo validez, tanto para usted como para Cuaresmen.
Porque resulta que la credencial del I.F.E. es inadecuada para tener como9 indubitable las firmas escritas en ella, toda vez que se trata de firmas electrónicas, es decir, se trata de firmas escritas con un útil inor carente de tinta y que estampa la firma en una base blanda que la transmite electrónicamente a un sustema compu-tarizado que improme la credencial, de tal manera que esas firmas son carentes de los surcos que se forman con la presión que ejerce el útil inor y, por lo tanto, son firmas equiparables a las de las copias fotostáticas que la jurisprudencia firme ha determinado como inadecuadas para estudios periciales...
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