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ABUSO D CONFIANZA
- Consulta : 220258
- Autor : shas01
- Publicado : Viernes 31 de Enero de 2014 16:21 desde la IP: 187.237.105.40
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,082
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AutorConsulta
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Publicado el Viernes 31 de Enero de 2014
Ola soi subgerente d una tienda de ropa llevo una año trabajndo y durante este tiempo e robado mercancia ?sospecho k ya se dieron cuenta y kisiera saber de k se me puede acuasar y ai puedo tocar la carcel xfavr espero reapuestas cncretas y por k no me an corrido si ya sospecham
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 338830
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Fecha de respuesta: Viernes 31 de Enero de 2014 16:26 2014-01-31 16:26 desde IP: 200.95.170.200
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Autor
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AutorRespuesta No: 338844
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Fecha de respuesta: Viernes 31 de Enero de 2014 18:39 2014-01-31 18:39 desde IP: 189.217.18.41
MUY BUENAS TARDES.
SR. SHAS
EL DELITO QUE COMETIO ES ROBO Y SI LA EMPRESA PRESENTA UNA DENUNCIA FORMAL CLARO QUE PUEDE PISAR LA CARCEL.
PARA UNA MEJOR ASERIA LO INVITO A NOS LLAME AL TELEFONO DEL DESCHO
TEL. LOCAL: 47569842
TEL.CELULAR: 04455 35100751
LIC. ALBERTO VALDEZ FLORES.
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Autor
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AutorRespuesta No: 338849
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Fecha de respuesta: Viernes 31 de Enero de 2014 18:54 2014-01-31 18:54 desde IP: 187.162.210.121
Como lo han señalado los foristas que me anteceden, su conducta constituye el delito de robo que, considerando que su I.P. es de la ciudad de México, Distrito Federal, está agravado debido a la relación de trabajo que lo une con la empresa ofendida.
Y el patrón, aún cuando sospeche que usted es quien, conduciéndose con una absoluta y total falta de probidad y honradez , puede ser el autor material del delito, seguramente no cuenta con los elementos para acreditar su resposabiilidad penal, por lo que actuando prudentemente, seguramente optará por presentar primero la denuncia en su contra, para que sea el agente del Ministerio Público quien se encargue de practicar las diligencias necesarias para el esclarecimiento de los hechos, e integrada la carpeta de investigación, la consigne solicitando se libre en su contra orden de aprehensión, y de esa forma, una vez que sea capturado y puesto a disposicion del juez interno en el centro de reclusión, esperará a que se dicte en su contra sentencia en la que se le imponga una pena de prisión por su responsabilidad penal, y solo hasta entonces, le rescindirá el contrato, ya que de esa forma, el despido será plenamente justificado y usted no tendrá derecho al pago de ninguna indemnización.
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Autor
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AutorRespuesta No: 338852
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Fecha de respuesta: Viernes 31 de Enero de 2014 19:02 2014-01-31 19:02 desde IP: 187.201.244.128
CONSULTANTE shas01,
Presente:
Reciba un cordial saludo de mi parte, y en relación a sus preguntas jurídicas, le comento lo siguiente:
Le diré Consultante que lo que le sugiero jurídicamente en su caso es, ESPERAR A QUE LE LLEGUE EN SU CONTRA UNA DEMANDA YA SEA CIVIL Ó FAMILIAR, Ó ALGUNA DENUNCIA PENAL, interpuesta en su contra por su padre biológico por los hechos que nos refiere, para que en ese momento ADOPTE LAS MEDIDAS LEGALES NECESARIAS A FIN DE SOLUCIONAR ESE ASUNTO EN CONCRETO, entiende; saludos.
Por lo que le aconsejo que se asesore cuanto antes de un abogado que sea experto en MATERIA CIVIL Y PENAL, de esta forma tendrá garantizado el éxito de su asunto, y si no cuenta con los recursos económicos para pagar los honorarios de un abogado particular, PUEDE RECURRIR A LOS SERVICIOS JURÍDICOS PROFESIONALES Y GRATUITOS DE LOS DEFENSORES PÚBLICOS DE SU LOCALIDAD, espero que esta información le sea de utilidad en su caso, y que en breve lo resuelva favorablemente.
Sin otro particular por el momento, quedo de Usted como su más atento y seguro Servidor, para cualquier aclaración o información adicional.
ATENTAMENTE
LIC. JORGE ARIEL MORALES FRANCO
Oficina: (0155) 6637-5063
Celular: (044) 55-3253-4941
WEB: w w w . l i n a r e s y c i a . c o m (minúsculas y todo junto)
E-MAIL: j m o r a l e s . l i n a r e s y c i a a r r o b a g m a i l . c o m (minúsculas y todo junto)
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