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PROCEDE DELITO POR FRAUDE??
- Consulta : 216247
- Autor : cerbra7_NR
- Publicado : Miércoles 11 de Diciembre de 2013 17:07 desde la IP: 189.134.163.197
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,109
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 11 de Diciembre de 2013
Estado de Referencia: Distrito Federal
buenas tardes acudo a ustedes porque no se que hacer es la primera vez que me ecuentro en una situacion asi
trabajaba en una escuela de ballet, la semana pasada me dijeron que faltaba dinero de los meses de junio a octubre por la cantidad de 100 mil pesos que haciendo cuentas no puede ser esa cantidad ya que los montos de los meses que aparentemente faltan no alcanzan esa cantidad.
Para esto me hicieron firmar 4 pagares por 50 mil pesos alegando que me harian firmar por el doble de la cantidad para que me asegurara de pagar, al igual firme dos hojas en blanco y mi carta de renuncia, Para esto NUNCA FIRME UN CONTRATO CON LA ESCUELA, no percibia vacaciones ni ningun tipo de prestaciones.
Los pagares no los rellene solo ellos pusieron la cantidad con numero y yo los firme no rellene nadamas, los revcibos que yo les proporcionaba a los clientes solo tienen mi firma en ninguno de ellos venia mi nombre ni nada.
Estoy muy angustiada por ello no se que hacer me dieron el plazo de 15 dias para dar el monto pero se que no juntare dicha cantidad, yo no si de donde sacan eso de que falta dinero, si meten una acta si procede aunque no tenga contrato con esa empresa ni nada???????????
ayudenme por favor estoy desesperada
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 334992
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Fecha de respuesta: Miércoles 11 de Diciembre de 2013 17:21 2013-12-11 17:21 desde IP: 187.162.210.121
Evidentemente están en aptitud de presentar en su contra la querella por la indebida disposición que usted hizo del dinero que debía ingresar a la escuela, y no es necesario que acrediten que entre usted y el establecimiento existía una relación laboral o que presenten el contrato de trabajo, sino que es suficiente que su firma conste en los recibos que expidió a las personas que acudían a pagar, sin que obste que tampoco haya puesto su nombre en esos documentos, pues su firma es suficiente para conocer que usted recibió el dinero, y que éste no ingresó a la escuela.
Y ahora, además de la posibilidad de que se le sujete a usted a un proceso penal en el que, si se acedita su responsabilidad en la comisión de un delito, además de la pena de prisión la condenarán a reparar el daño, esto es, a devolver las cantidades de que dispuso, podrán también enderezar en su contra la demanda en que ejerciten la acción cambiaria directa, promoviendo el juicio ejecutivo mercantil en su contra, sirviéndose para ello de los pagarés que también firmó, siendo irrelevante que al suscribirlos usted, hubieran faltado algunas de las menciones exigidas por la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, ya que el propio ordenamiento faculta al tenedor del pagaré a que las llene antes de presentarlo con la demanda.
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AutorRespuesta No: 334994
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Fecha de respuesta: Miércoles 11 de Diciembre de 2013 17:29 2013-12-11 17:29 desde IP: 189.181.94.39
Consultante lo que Usted debe de hacer es iniciar a la brevedad posible UNA DENUNCIA PENAL EN CONTRA DE LAS PERSONAS QUE REFIERE POR LA PROBABLE COMSIÓN DE LOS DELITOS DE FRAUDE POR SIMULACIÓN DE ACTOS JURIDICOS Y/O LOS QUE RESULTEN, ante el C. Agente del Ministerio Público de su Localidad, para que en el caso de que éstas personas que nos refiere en su pregunta Consultante LA PRETENDAN DENUNCIAR O INICIAR EN SU CASO ALGÚN JUICIO CIVIL Y/O MERCANTIL EN SU CONTRA, además del delito ya mencionado LOS DENUNCIE USTED POR LA PROBABLE COMISIÓN DE FRAUDE PROCESAL Y FALSEDAD DE DECLARACIÓN, saludos y suerte en su caso.
Por lo que le aconsejo jurídicamente que a la brevedad posible Usted Consultante se asesore legalmente de un abogado que sea experto en MATERIA PENAL Y AMPARO PENAL, de esta forma tendrá asegurado el éxito de su asunto, y si es el caso de que usted no cuenta con recursos económicos para pagar los honorarios de los servicios profesionales de un abogado particular, PUEDE USTED RECURRIR A LOS SERVICIOS JURÍDICOS PROFESIONALES Y GRATUITOS DE LOS DEFENSORES PÚBLICOS DE SU LOCALIDAD, esperando que esta información le sea de utilidad en su caso, y que en breve lo resuelva favorablemente.
Sin otro particular por el momento, quedo de Usted como su más atento y seguro Servidor, para cualquier aclaración o información adicional.
ATENTAMENTE
LIC. JORGE ARIEL MORALES FRANCO
Oficina: (0155) 5398-0265
Celular: (044) 55-2848-7477
WEB: w w w . l i n a r e s y c i a . c o m (minúsculas y todo junto)
E-MAIL: j m o r a l e s a r r o b a l i n a r e s y c i a . c o m (minúsculas y todo junto)
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AutorRespuesta No: 334997
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Fecha de respuesta: Miércoles 11 de Diciembre de 2013 17:35 2013-12-11 17:35 desde IP: 187.162.210.121
Toca, podrías ilustrar al foro señalando el artículo que en cada uno de los Códigos Penales, tanto Federal como de las Entidades Federativas y del Distrito Fedral tipifican el fraude por simulación de actos jurídicos?
Y si fuera posible, también cuáles son los elementos materiales, objetivos y subjetivos que inegran el tipo penal.
Será interesante beber parte de la sabiduría jurídica que emana de usted.
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AutorRespuesta No: 335014
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Fecha de respuesta: Miércoles 11 de Diciembre de 2013 18:54 2013-12-11 18:54 desde IP: 189.234.157.205
1... no hayaban como correrte y te fabricaron una deuda...
2... ya te corrieron... y les dejaste armas para cobrarte 200 mil cocos...
3... les dejaste hojhas en blanco para que contesten la demanda y admitas por escrito la deuda y los intereses...
4... ya vas a deber como 500 mil pesos y tu asuntoi laboral... no existe...
5... si hicieras cualquier cosa laboral... seguro aparece la renuncia y el finiquito pagado... y quedas fuera...
6... no hay delito de fraude... seria abuso de confianza... el cual carece de sustento... si existen los pagares... deja de ser penal... para ser civil...
pero nunca debiste firmar nada...
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