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DEMANDA POR PENSION Y RECONOCIMIENTO PATERNO

  • Consulta : 214160
  • Autor : blancastapia_NR
  • Publicado : Lunes 18 de Noviembre de 2013 06:59 desde la IP: 201.157.28.17
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,136
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  • Autor
    Consulta

  • blancastapia_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    buenos dias me gustaria recibir consejos ya q estoy muy confundida

    hace 8 anos empece una relacion con un tipoqvenia dlos angeles al 4to ano se volvio a ir y en ese mismo ano tubo problemas legales entro a prision le dieron 5 anos y en ese tiempo siempre estuve con el por medio decartas y contestando sus llamadas regreso en diciembre el 2012 estabamos super contentos pero yo me iva de fiesta con mis companeros detrabajo pero a el nole gustaba y terminabamos peleando yo no le veia nada de malo pues eran mis amigs y lo invitaba para convivir y no queria seguiamos peliando pero sali embarazada le dije q no lo queria al principio m apoyo y yo contact una persona para q m ayudara a abortar era un fin de semana en el cual yo estabamuy confundida y queria hablar con mi novio por q si queria al bb pero el nunca contesto pues andaba de fiesta.3 dias despues me llamo y m dijo q si queria al bb pero yo estaba encab.... y le dije q ya habia abortado (no era cierto pues me arrepenti a la mera hora) m dijo q no m lo iva a perdonar y colgamos pasaron tres meses y nunca nos buscamos cuando cumpli 31/2 meses se enteraron en mi casa y lo fui a buscar pero el m dijo qno era su hijo y q ya se iva a casar q no lomolestara o que le hiciera la prueba de adn yo mmoleste tanto q m di la vuelta y m fuien los meses restantes espere q m buscara pero no lo hiso me alivie en junio y en julio m entere q se habia casado y q esperaba otro hijo me dio mucho coraje y pense en meterle la pension mi familia se niega dice q ya mejor lo deje asi q eltiempo todo lo sana y q el se va a arrepentir pero yo no lo veo asielabogado m dice q se tendria q hacer la prueba para pedir la pension y eso le va a generar derechos pero si yolo hago siento por un lado q es una manera de desquitarm y demostrarle qtiene un hijo con migo pero por otrolado no quiero danar a mi bb a un futuro ayudenme por favor que hago

     

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  • Autor
    Respuesta No: 332386

  • TOCA1968
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    CONSULTANTE blancastapia_NR,

    Presente:

                     

    Reciba un cordial saludo de mi parte, y en relación a su pregunta jurídica, le comento lo siguiente:

           

    Espero que la siguiente información jurídica respecto al tema de FILIACIÓN DÓNDE SE TRATA EL TEMA JURÍDICO DE “PATERNIDAD”, le sea de utilidad a fin de disipar sus dudas legales sobre el particular:

     

    PATERNIDAD Y FILIACIÓN

    Paternidad significa en sentido estrictamente gramatical, calidad de padre, como maternidad significa como maternidad de madre, pero en el sentido jurídico significa la relación existente ente los padres y los hijos, la filiación , en su aplicación al derecho civil equivale a procedencia de los hijos respecto a sus padres. Una relación de origen que permite señalar una ascendencia precisa a la persona física.

    La filiación de los hijos nacidos de matrimonio se prueba con el acta de nacimiento y con el acta de matrimonio de sus padres.

    DIFERENTE ESPECIES DE HIJOS

    La clasificación de los hijos que puede formularse son cuatro:

    a).- Hijos nacidos del matrimonio.- Son los procreados por los cónyuges durante el matrimonio; los concebidos antes del matrimonio y nacidos después de la celebración. Se presume hijos de los cónyuges nacidos después de 180 días contados desde la celebración del matrimonio y nacidos dentro de los 300 días siguientes a su disolución. Contra esta presunción no se admite otra prueba que la de haber sido físicamente imposible al marido tener acceso carnal con su mujer en los primeros 120 días de los 300 que han procedido al matrimonio.

    b).- hijos nacidos fuera del matrimonio.- Son los engendrados por personas no ligadas al vinculo matrimonial. Se clasifica en naturales que son aquellos cuyos padres se encuentran en condiciones de contraer matrimonio en el momento de la concepción del hijo y no naturales, que son aquellos cuyos padres no pudieron haberse unido legalmente cundo lo concibieron.

    c).- hijos adoptivos.- Son los que reciben esta consideración mediante l vinculo legal establecido por la adopción.

    Prueba de la filiación de los hijos nacidos de matrimonio

    La filiación de los hijos nacidos en matrimonio se prueba con la partida de su nacimiento y con el acta de matrimonio de sus padres; pero , a falta de actas, o si estas son defectuosas, incompletas o falsas, se pueden probar con la posesión constante del estado de hijo nacido de matrimonio, y en defecto de esta , son admisibles para demostrar la filiación todos los medios de prueba que la ley autoriza, no siéndolo la testimonial si no hubiere un principio de prueba por escrito o indicios o presunciones resultantes de hechos ciertos que se consideren bastante grabes para determinar su admisión.

    EL DESCONOCIMIENTO DE LA PATERNIDAD

    El desconocimiento de la paternidad ha sido definido como el acto que tiene por objeto anular la presunción de paternidad establecida contra el marido en los casos en que este no pueda ser padre del hijo.

    La legitimación

    Es una institución civil que regula el cambio de situación jurídica de los hijos nacidos fuera del matrimonio en virtud de la celebración posterior de este por quienes lo engendraron. La legitimación a sido considerada como una rehabilitación del estado civil.

    El reconocimiento

    El reconocimiento es el acto en virtud del cual quienes han tenido un hijo fuera del matrimonio, conjunta o separadamente que lo aceptan por suyo ( es confesar la paternidad o la maternidad ). El reconocimiento de los hijos es un acto jurídico que para valer necesita de formalismos y legales; al contrario de lo que sucede con la posesión de estado de hijo. Los hijos reconocidos tienen derechos a llevar el apellido del que lo reconoce; hacer alimentados por este y a percibir la porción hereditaria y los alimentos que le fije la ley.

    Ahora bien, conforme al artículo 369 del Código Civil para el Distrito Federal en vigor, EXSITEN PREVISTOS EN LA LEY CINCO MODOS DE RECONOCIMIENTO DE PATERNIDAD O MATERNIDAD DE UN HIJO, a saber:

     

    “Artículo 369.- El reconocimiento de un hijo deberá hacerse por alguno de los modos siguientes;

     

    I. En la partida de nacimiento, ante el Juez del Registro Civil;

    II. Por acta especial ante el mismo juez;

    III. Por escritura Pública;

    IV. Por testamento;

    V. Por confesión judicial directa y expresa.

    El reconocimiento practicado de manera diferente a las enumeradas no producirá ningún efecto; pero podrá ser utilizado como indicio en un juicio de investigación de paternidad o maternidad.”

     

    Por lo que le aconsejo que se  asesore cuanto antes de un abogado que sea experto en MATERIA FAMILIAR, de esta forma tendrá garantizado el éxito de su asunto, y si no cuenta con los recursos económicos para pagar los honorarios de un abogado particular, PUEDE RECURRIR A LOS SERVICIOS JURÍDICOS PROFESIONALES Y GRATUITOS DE LOS DEFENSORES PÚBLICOS DE SU LOCALIDAD, espero que esta información le sea de utilidad en su caso, y que en breve lo resuelva favorablemente.

    Sin otro particular por el momento, quedo de Usted como su más atento y seguro Servidor, para cualquier aclaración o información adicional.

     

    ATENTAMENTE

     

    LIC. JORGE ARIEL MORALES FRANCO

     

    Oficina: (0155) 5398-0265

    Celular: (044) 55-2848-7477

              

    WEB:  w w w . l i n a r e s y c i a . c o m (minúsculas y todo junto)

    E-MAIL: j m o r a l e s  a r r o b a l i n a r e s y c i a . c o m (minúsculas y todo junto)



  • Autor
    Respuesta No: 332421

  • Montyel
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Demandalo y luego abandona el jucio, o retirate.  Que un abogado te ayude en forma,  De esa forma  no terminas el juicio para que tenga efectos,  pero del escandalo,( sin gritos obvio ) y  de hacer del conocimineto de todos inculios el  de toda su familia, no se salva.

    Saludos 



  • Autor
    Respuesta No: 332951

  • ARNOL CAMPOS
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    ES MUY DIFICIL ENTENDER TU TIPO DE ESCRITURA, TE RECOMIENDO QUE CUANDO QUIERAS DIRIGIRTE A ESTE FORO A CONSULTA ESCRIBAS LAS PALABRAS COMO SON POR QUE ES MUY COMPLICADO E INCOMODO (EN LO PARTICULAR) DECIFRAR LO QUE TRATAS DE DECIR, EN SEGUNDO, NO MENCIONAS SI YA REGISTRASTE AL MENOR. PUEDES ACUDIR AL DIF, ALLÍ EXISTE UN DEPARTAMENTO ESPECIAL PARA TU SITUACIÓN.



  • Autor
    Respuesta No: 333050

  • rosa isela
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    mira tu actitud dista mucho de ser madura y si fuiste muy infantil y lo sigues siendo puesto q acuddes al foro a preguntar como resolver tu vida lo q tu yhagas o dejes de hacer va a partir de lo q juridicamente se te diga pero nadie te va a decir q tienes q hacer o no para q despues vengas a echarnos la q culpa q por nuestras sugerencias tomaste x o y camino.

    juridicamente tienes q iniciar demanda de reconocimiento de paternidad para q por medio de la prueba de adn y saliendo positiva el sr pueda otorgarle al menor su apellido,pension alimenticia y el derecho a heredar quiera o no quiera el sr pero le estaras otorgando el derecho de convivenia en el cual si el sr quiere ver al menor tu no se lo podras impedir previo aviso q hasta la carcel puedes ir a dar si te niegas.

    lo q si  no haces juridicamente el menor solo traera tus apellidos, solo tu seras responsable del menor no te daran pension alimenticia ni tendra derecho a heredar ni tendras q lidiar con el sr para q conviva con el menor

    tercera premisa: el sr arrepentido posteriormente puede demandarte el reconocimiento de paternidad y da juridicmente todo lo primero al menor

    cuarto si no demandas asi con lo inmadura q eres y con esos arranques histericos q te carga no vas a poder mantener al menor vas a estar armando dramas emocionales al sr con el riesgo de q llamen a una patrulla yy te corran de por ahi por andar rondandolo.....

    en fin ya pintandote tu panorama toma tu desicion



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