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PROBLEMA CON CRéDITO FOVISSSTE
- Consulta : 210300
- Autor : mariano_plaza_NR
- Publicado : Domingo 06 de Octubre de 2013 21:57 desde la IP: 189.147.155.161
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,083
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AutorConsulta
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Publicado el Domingo 06 de Octubre de 2013
Estado de Referencia: Distrito Federal
A Quien Corresponda,
Mi problema es el siguiente, mi esposa trabajaba para dependencia gubernamental y hace mas de dos años que renunció. Llevamos 5 años pagando crédito fovissste de nuestra actual casa, este año decidimos aportar mas a capital para poder terminar de pagar.
Hemos estado dando aportaciones a capital de 2 a 5 mil pesos, y vimos por medio de la pagina fovissste que la tasa de interes aumenta, aunque el saldo baja. Decidimos hacer un pago FUERTE hace dos semanas y lamentablemente el interes nos aumento $50 mil pesos!!! cuando el pago que hicimos fue 4 veces esa cantidad.
Y al consultar el estado de cuenta via portal web como siempre, notamos que TODAS LAS CANTIDADES incluso de años anteriores estan diferentes, es decir, estos 50 mil pesos q aumentaron se ven reflejados no solo en la cantidad que ahora aparece como interes y saldo, sino en las anteriores.
Fuimos a oficina en Tlanepantla, y tambien por telefono y no han sabido decirnos, tenemos las impresiones desde su portal de cuando la cantidad no era esa, cuando comenzamos a dar pagos a capital (aprox hemos realizado 4 pagos) sacamos el estado de cuenta x la pagina de fovissste precisamente porque queriamos ver como se comportaba esos pagos.
Y me temo lo peor, creemos que esto es debido a un fallo en el sistema o....que alguien intencionalmente movió los datos para que nosotros terminemos pagando 50 mil pesos mas. Porque todas las cantidades de años atras ya no reflejan lo que antes eran.
Estamos en espera de cita personal con un Ejecutivo de las oficinas y acudir personalmente la semana que viene, pero como ellos consultan la misma pagina que nosotros no alcanzan a percibir ese aumento, pues repito, todas las cantidades han sido afectadas.
Incluso estamos pensando que si no resuelven y nos quieren cobrar ese dinero, procederemos via legal, mi petición es...Con quien podemos asesorarnos para este proceder? Abogado? Como demandas a Fovissste como institucion de gobierno? NO hay nombres ni personas concretas, son sospechas especuladas mias y de mi esposa. Ya ven que en este pais no se da la corrupcion.
Gracias
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 328087
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Fecha de respuesta: Domingo 06 de Octubre de 2013 21:58 2013-10-06 21:58 desde IP: 187.201.243.250
CONSULTANTE mariano_plaza_NR,
Presente:
Reciba un cordial saludo de mi parte, y en relación a su pregunta jurídica, le comento lo siguiente:
Lo que su Servidor le sugiere que haga Usted Consultante en este caso, ES TOMAR UNA ACTITUD POSITIVA Y ACTIVA EN SU ASUNTO, y que tome Usted la iniciativa de acción demandando civilmente primero usted al ACREEDOR DE DICHO INMUEBLE, la acción de mejoras que en su caso hubiese realizado en el citado bien inmueble que nos refiere, ya que en términos de la fracción II del artículo 810 del Código Civil para el Distrito Federal en vigor, y sus correlativos para los demás Códigos Civiles de los demás Estados de la República, al poseedor de buena fe que haya adquirido la posesión por título traslativo de dominio, tiene entre otro, los derechos siguientes: El de que se le abonen todos los gastos necesarios, lo mismo que los útiles, teniendo derecho de retener la cosa poseída hasta que se haga el pago; por lo que es procedente que mediante esta acción Usted Consultante pueda retener el citado bien inmueble, hasta en tanto el ACREEDOR DE ESE INMUEBLE no le haga pago de esas mejoras que en su caso hubiese realizado en dicho bien inmueble, debiendo incluir en las mismas obviamente el aumento en su valor de PLUSVALIA, de esta manera cuando el ACREEDOR LO DEMANDE EN UN JUICIO ESPECIAL HIPOTECARIO, PARA OBTENER EL PAGO DE SU CRÉDITO, COMO SU JUICIO CONSULTANTE SERÍA EL PRIMERO EN RADICARSE EN UN JUZGADO CIVIL, EL JUEZ ANTE EL CUAL SE ESTÉ TRAMITANDO SU JUICIO EN EL CUAL EJERCITA LA ACCIÓN DE MEJORAS, ORDENARÁ QUE EL SEGUNDO JUICIO, ES DECIR EL ESPECIAL HIPOTECARIO EN SU CONTRA SE ACUMULE AL PRIMER JUICIO YA REFERIDO, PARA QUE AMBOS SE RESUELVAN EN UNA SOLA SENTENCIA, Y COMO EN ESTE CASO SE ACTUALIZARÁ LA FIGURA JURÍDICA DE LA CONFUSIÓN DE DEUDAS, EL JUEZ SIMPLEMENTE REALIZARÁ LA OPERACIÓN ARITMÉTICA CORRESPONDIENTE DE LO QUE USTED LE DEBE A SU ACREEDOR, POR CONCEPTO DE SU CRÉDITO HIPOTECARIO, ASÍ COMO LO QUE LE DEBE SU ACREEDOR A USTED POR CONCEPTO DE LAS MEJORAS, Y SI UNA VEZ HECHA ESTA OPERACIÓN ARITMÉTICA RESULTARA ALGÚN REMANENTE EN FAVOR DE ALGUIEN EL JUEZ ORDENARÁ EXTINGUIDA LA DEUDA POR MINISTERIO DE LEY, Y EL REMANENTE RESTANTE ORDENARÁ QUE SE LE PAGUE A LA PARTE QUE SE LE DEBA, DE ESTA MANERA PUEDE BAJAR CONSIDERABLEMENTE USTED CONSULTANTE EL MONTO DE SU ADEUDO, ENTIENDE, CREANDO ASÍ CONDICIONES DE NEGOCIACIÓN FAVORABLES PARA USTED DE LAS CUALES EN ESTE MOMENTO CARECE EN SU ASUNTO, entiende, sirviendo de apoyo para lo anteriormente expuesto y fundado la siguiente Tesis Jurisprudencial:
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; XCVIII; Pág. 112; Registro: 345 348.
“POSESION DE BUENA FE ADQUIRIDA POR TITULO DE DOMINIO.
Conforme al artículo 810 del Código Civil del Distrito Federal, para que el poseedor pueda tener los derechos que dicho precepto enumera, es necesario que su posesión sea de buena fe y que la haya adquirido por título traslativo de dominio.”
Amparo civil directo 5754/45. Román Abacuc G. 10 de noviembre de 1948. Mayoría de tres votos. Disidentes: Vicente Santos Guajardo y Roque Estrada. Ponente: Carlos I. Meléndez.
Por lo que le aconsejo que se asesore cuanto antes de un abogado que sea experto en MATERIA CIVIL, de esta forma tendrá garantizado el éxito de su asunto, y si no cuenta con los recursos económicos para pagar los honorarios de un abogado particular, PUEDE RECURRIR A LOS SERVICIOS JURÍDICOS PROFESIONALES Y GRATUITOS DE LOS DEFENSORES PÚBLICOS DE SU LOCALIDAD, espero que esta información le sea de utilidad en su caso, y que en breve lo resuelva favorablemente.
Sin otro particular por el momento, quedo de Usted como su más atento y seguro Servidor, para cualquier aclaración o información adicional.
ATENTAMENTE
LIC. JORGE ARIEL MORALES FRANCO
Oficina: (0155) 5398-0265
Celular: (044) 55-2848-7477
WEB: w w w . l i n a r e s y c i a . c o m (minúsculas y todo junto)
E-MAIL: j m o r a l e s a r r o b a l i n a r e s y c i a . c o m (minúsculas y todo junto)
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Autor
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AutorRespuesta No: 385702
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Fecha de respuesta: Martes 22 de Septiembre de 2015 18:24 2015-09-22 18:24 desde IP: 187.216.78.44
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