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TIEMPO DESPUES DE DIVORCIO VOLUNTARIO
- Consulta : 188065
- Autor : dany_ohnedich_NR
- Publicado : Lunes 25 de Febrero de 2013 11:16 desde la IP: 201.134.2.69
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,070
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 25 de Febrero de 2013
Estado de Referencia: Nuevo León
Muy buen dia:
Tengo una duda, tengo 2 años y medio separada de mi esposo,ya estamos tramitando el convenio de visitas ya que tenemos un hijo que nacio antes del matrimonio (1 año antes para ser exactos), mis preguntas son las siguientes:
Ya cuando quede dictada la sentencia del convenio de visitas del menor, el divorcio procederia como voluntario o admnistrativo?? Ya que inclusive en atencion gratuita que brinda el estado no saben aun como procedera, no tenemos bienes y nuestro hijo nacio antes de contraer matrimonio, esta reconocido con los apellidos de su papá.
Después de conseguir el divorcio cual es el tiempo necesario para volver a contraer matrimonio, y en caso de que sea un año, hay alguna clausula que haga que el tiempo se reduzca o que se elimine? Algo leí que ese apartado esta creado para la protección de la mujer en caso de un embarazo, y en caso de que sea asi, se pueden entregar estudios o pruebas para que se elimine ese tiempo de espera???
Muchas gracias!!!
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 304576
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Fecha de respuesta: Martes 26 de Febrero de 2013 11:02 2013-02-26 11:02 desde IP: 187.201.148.217
CONSULTANTE dany_ohnedich_NR,
Presente:
Reciba un cordial saludo de mi parte, y en relación a sus preguntas jurídicas, le comento lo siguiente:
Le diré Consultante que el tiempo para contraer nuevas nupcias después del divorcio, EL JUEZ FAMILIAR QUE DICTARÁ LA SENTENCIA DEFINITIVA DEL DIVORCIO, ES EL QUE DETERMINADARÁ TAL CUESTIÓN EN LA PROPIA CONDENA QUE DICTE EN SU SENTECIA DEFINITIVA CORRESPONDIENTE, entiende; saludos.
Por lo que le aconsejo jurídicamente que se asesore de un abogado que sea experto en MATERIA FAMILIAR, para que tenga asegurado el éxito de su asunto, y si es el caso de que usted no cuenta con recursos económicos para pagar los honorarios de los servicios profesionales de un abogado particular, PUEDE USTED RECURRIR A LOS SERVICIOS JURÍDICOS PROFESIONALES Y GRATUITOS DE LOS DEFENSORES PÚBLICOS DE SU LOCALIDAD, esperando que esta información le sea de utilidad en su caso, y que en breve lo resuelva favorablemente.
Sin otro particular por el momento, quedo de Usted como su más atento y seguro Servidor, para cualquier aclaración o información adicional.
ATENTAMENTE
LIC. JORGE ARIEL MORALES FRANCO
Oficina: (0155) 5398-0265
Celular: (044) 55-2848-7477
WEB: w w w . l i n a r e s y c i a . c o m (minúsculas y todo junto)
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