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DEMANDA ARRENDAMIENTO
- Consulta : 184043
- Autor : jaque.mate_NR
- Publicado : Miércoles 23 de Enero de 2013 20:34 desde la IP: 201.124.199.216
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,246
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 23 de Enero de 2013
Estado de Referencia: Distrito Federal
Hola.
Tengo desde el 2009 rentando un inmueble, es una escuela, soy muy puntual en todos los pagos (renta, luz, agua, telefono etc,) no le debo ni un solo peso, la casera es una persona muy dificil de tratar, solo ve por sus intereses, tiene 2 meses que no va a cobrar la renta y me dijo que va a vender que ya no me va a renovar el contrato asi de repente sin mas ni mas, y la verdad no le creo lo que pienso es que se quiere quedar con el giro, y ademas todavia faltan 7 meses para que venza el contrato, me parece algo injusto que pierda mi inversion y me mande a la calle sin el sustento de mi familia. Lo que pienso que esta tramando es promover que le debo 2 rentas, es una persona muy mañosa. ¿que puedo hacer para defenderme? ya que me voy a quedar con las manos vacias si me demanda.
Agradecere sus comentarios
Cesar
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 299830
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Fecha de respuesta: Miércoles 23 de Enero de 2013 21:02 2013-01-23 21:02 desde IP: 187.201.253.79
CONSULTANTE jaque.mate_NR,
Presente:
Reciba un cordial saludo de mi parte, y en relación a su pregunta jurídica, le comento lo siguiente:
En este caso lo que le sugiero Consultante es que HAGA UNA INTERPELACIÓN EXTRAJUDICIAL A LA BREVEDAD POSIBLE, YA SEA ANTE DOS TESTIGO Ó ANTE NOTARIO PÚBLICO, EN LA CUAL ÍNDIQUE QUE LE FUE A PAGAR LA RENTA A SU ARRENDADOR Y ESTE SE NEGÓ A RECIBIRLA, DE ESTA FORMA USTED NO INCURRIRÁ EN FALTA DE PAGO ALGUNO DE SUS PENSIONES RENTÍSTICAS, entiende; saludos.
Por lo que le aconsejo que se asesore cuanto antes de un abogado que sea experto en MATERIA CIVIL, de esta forma tendrá garantizado el éxito de su asunto, y si no cuenta con los recursos económicos para pagar los honorarios de un abogado particular, PUEDE RECURRIR A LOS SERVICIOS JURÍDICOS PROFESIONALES Y GRATUITOS DE LOS DEFENSORES PÚBLICOS DE SU LOCALIDAD, espero que esta información le sea de utilidad en su caso, y que en breve lo resuelva favorablemente.
Sin otro particular por el momento, quedo de Usted como su más atento y seguro Servidor, para cualquier aclaración o información adicional.
ATENTAMENTE
LIC. JORGE ARIEL MORALES FRANCO
Oficina: (0155) 5398-0265
Celular: (044) 55-2848-7477
WEB: w w w . l i n a r e s y c i a . c o m (minúsculas y todo junto)
E-MAIL: j m o r a l e s a r r o b a l i n a r e s y c i a . c o m (minúsculas y todo junto)
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Autor
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AutorRespuesta No: 299831
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Fecha de respuesta: Miércoles 23 de Enero de 2013 21:04 2013-01-23 21:04 desde IP: 201.141.96.186
Si la arrendadora no le recibe las rentas, debe consingnarlas de inmediato ante el Juzgado. La arrendadora no puede vender sin antes ofrecerle a Usted esa venta por tener preferencia sobre cualquier otro posible comprador. Busque de inmediato a un abogado titulado (cuidado con los coyotes y charlatanes), tanto para consignar las rentas, como para que realice sus futuros contratos a efecto de que señale una cláusula penal que limite el giro del local a futuro, con el objeto de que no pase lo que menciona y cito : "la verdad no le creo, lo que pienso es que se quiere quedar con el giro"
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