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CONSECUENCIAS DE UN EMBARAZO DE MENOR DE EDAD.

  • Consulta : 177188
  • Autor : lachikiityamimada_NR
  • Publicado : Lunes 19 de Noviembre de 2012 22:57 desde la IP: 189.166.142.101
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,227
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  • Autor
    Consulta

  • lachikiityamimada_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Zacatecas

    Buenas noches:

    Necesito asesoria sobre las consecuencias legales que podria acarrear un embarazo de una joven menor de edad, ella tiene 16 años y 8 semanas de gestacion, el padre del bebé tiene 23 años, tengo entendido que aunque fuera una relacion consensual, si los padres de la joven deciden demandar él podria ir a prision si se niega a casarse.

    ¿Pueden obligarlo a casarse?, ¿es verdad que si no accede pueden meterlo a prision?, ¿que otra consecuencia pudiera haber?

    Gracias por su tiempo y espero su respuesta.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 292501

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Es estupro y efectivamente los padres de la menor pueden querellarse por ese delito y el adulto va a prisión. ¿casarse es la solución? ¿De verdad casarían a su hija para que el patán no conozca el violín?



  • Autor
    Respuesta No: 292507

  • SKINERF
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Respondiendo a sus preguntas:

    1.-No, no pueden obligarle. Para que un contrato sea valido debe de ser hecho de forma voluntaria.

    2.-No, si la relacion fue consensual no existe delito a perseguir.

    3.-La unica consecuencia es la obligacion de proporcionar alimentos al menor.

    El delito de Estupro es dificilmente comprobable; conlleva elementos que no son comprobables de forma objetiva.



  • Autor
    Respuesta No: 292508

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    ¿Difícil de comprobar? El embarazo de una menor de edad es prueba absoluta de estupro. Santo Díos, gracias que cada minuto nos creas una escuela patito y nos das el alimento de cada día.



  • Autor
    Respuesta No: 292517

  • LIC ESPINO
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Jeje buen día, efectivamente el embarazo y una eventual prueba de ADN son pruebas más que fehacientes para probar el delito de estupro, que es un delito que admite perdon del ofendido, es posible que no sea necesario llegar al matrimonio pero si tengas que cubrir lo referente a los gastos del alumbramiento y de una pensión del menor.

    ARTÍCULO 180. Al que tenga cópula con persona mayor de doce y menor de dieciocho años, obteniendo su consentimiento por medio de cualquier tipo de engaño, se le impondrá de seis meses a cuatro años de prisión". Ahora bien, lo que se entiende por cópula es lo siguiente: "ARTÍCULO 174. ...Se entiende por cópula, la introducción del pene en el cuerpo humano por vía vaginal, anal o bucal". Es pertinente señalar que el Código Penal Federal sí tiene una descripción diversa a lo que se debe entender por cópula: "ARTICULO 265.- ...Para los efectos de este artículo, se entiende por cópula, la introducción del miembro viril en el cuerpo de la víctima por vía vaginal, anal u oral, independientemente de su sexo"



  • Autor
    Respuesta No: 292531

  • Skarlett
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Mmm...

    Entonces, si puede proceder una demanda auque el joven se haya hecho responsable desde que se dio cuenta que esta embarazada corriendo gastos de médico, ultrasonidos etc?



  • Autor
    Respuesta No: 292536

  • LIC. A. ESPINO
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    No es demanda, es una denuncia penal por el delito de estupro y si no hay denuncia no hay responsabilidad pues es un delito de querella en donde para que se de impulso a la investigación se requiere la declaración de la parte agraviada.



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