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ACUERDO EXTRA JUDICIAL

  • Consulta : 172467
  • Autor : nr_NR
  • Publicado : Miércoles 10 de Octubre de 2012 10:09 desde la IP: 200.52.43.112
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,102
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  • Autor
    Consulta

  • nr_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Estado de México

    Licenciados(as)

    Acudo a ustedes por una orientación la cual consiste en lo siguiente: Hay un juicio por Despojo y se llegó a un acuerdo extra judicial (sin sentencia) y se comprometieron en entregar la posesión física y material de la casa, por lo que me surgen las siguientes dudas:

    1.- Esto sería sin o con un representante del Juzgado;

    2.- La parte Defensora lo va a entregar a la parte Ofendida o debe ser el enjuiciado;

    3.- Hay que firmar algún documento y cual sería;

    4.- Hasta hoy es todo de palabra y sin manifestación en la Causa Penal.

    Gracias y espero haber plasmado las palabras idóneas y no causarles confusión.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 288209

  • ferlex21
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Este acuerdo debe de ser presentado ante el Juez de la causa penal para que tenga efectos juridicos ya que para que proceda debe de existir el perdon del ofendido y ahi mismo se haga la entrega judicial para que posteriormente se de la material; es mas recomendable.



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