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LA CONSTRUCTORA NOS IMPUSO A UNA EMPRESA ADMINISTRADORA CONDOMINAL EN EL EDO DE MEX

  • Consulta : 161256
  • Autor : caifaguar73
  • Publicado : Viernes 20 de Julio de 2012 19:15 desde la IP: 200.95.162.206
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,141
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  • Autor
    Consulta

  • caifaguar73
    USUARIO REGISTRADO

    Saludos y gracias de antemano por tomarse la molestia de leer mi consulta. Compre casa en un fraccionamiento en Tecamac, edo de mexico. La constructora tiene varias empresas pequeñas dentro del mismo fraccionamiento que venden diversos servicios y que obviamente son las unicas que lo pueden hacer dentro del fraccionamiento, una empresa da internet, otra realiza el equipamiento de las casas cuando hay un sobrante de los creditos y otra y la mas grande es administradora condominal, todos son propiedad de los dueños de la misma constructora. Esta constructora impuso a la empresa administradora condominal, no ha habido juntas de vecinos ni nada para determinar quien seria el administrador por privada ( es un fraccionamiento de privadas) nos pusieron una cuota de $300 la cuál tampoco fue consultada ni votada por los condominos. ¿que se puede hacer? es una seccion de 300 casas osea que el ingreso mensual de cuotas es de $90,000 y solo se dedican a mandar a podar una pequeña area verde y el pago de dos vigilantes. La constructora puede imponer estas situaciones? Si no estoy de acuerdo con la cuota que puedo hacer? si no estoy de acuerdo con que esta empresa sea la administradora que puedo hacer? El fraccionamiento se llama real del cid de Interes Social. Muchas gracias

     

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  • Autor
    Respuesta No: 275965

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    La constructora tiene ese derecho durante el primer año a partir de que hace entrega de la obra al Municipio. Una vez que venza el término los condóminos deben constituirse y mediante asamblea nombrar a la nueva administradora. Acuda a la Procuraduría Social para que les brinden asesoría y les orienten en los requisitos para que las asambleas sean legales.



  • Autor
    Respuesta No: 277663

  • caifaguar73
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    ha ok !!! muchas gracias, la verdad pensé que no lo pódían hacer. Entonces nos tenemos que sujetar a esta situación durante el primer año y ya posteriormente podremos ajustar njuestras cuotas y nombrar a nuestros administradores? Gracias nuevamete



  • Autor
    Respuesta No: 277700

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Así es, pero no se esperen al año, ya pueden iniciar los tramites ante al Procuraduría Social e inscribir el Libro de Administración. Libro que deben saber llevar para que no les tiren las asambleas. Necesitan de abogado que conozca del procedimiento.



  • Autor
    Respuesta No: 277967

  • anna79
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

       Buena tarde,

        Agradezco de antemano el tiempo a mi pregunta. Quisiera saber por favor, el procedimeinto que tengo que seguir para demandar a una vecina ruidosa. Me encuentro en un Fraccionamiento y estamos regidos por la Ley Condominal, sin embargo, al hablar con ésta persona, ya varias veces, comenta que su hermano es abogado, que la ley está para no cumplirse y que ella va a hacer lo que quiera.

       Y perdón por el abuso, pero tengo otra pregunta: hace poco el fraccionamiento terminó sus ventas por lo que la administradora que teniamos se fué. Actualmente se eligió a la nueva administración ya entre vecinos, pero surgio una duda, hay vecinos en contra de crear una asociación civil y no un comité, como está escrito en la Ley Condominal, ellos alegan que no es legal, y otros vecinos están de acuerdo en que es mejor para nuestro fraccionamiento. Hay alguna diferencia??

    Muchas gracias!!!



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