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LEGITIMACIóN DE LA CóNYUGE SUPéRSTITE PARA PROMOVER LA DECLINATORIA
- Consulta : 158262
- Autor : jchp_63_NR
- Publicado : Domingo 01 de Julio de 2012 16:18 desde la IP: 187.195.254.20
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,084
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AutorConsulta
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Publicado el Domingo 01 de Julio de 2012
Estado de Referencia: Tamaulipas
la legitimación procesal como parte dentro de un juicio sucesorio testamentario, la cónyuge supérstite -quien no fue declarada como heredera en el testamento por el de cujus-, ¿le faculta para comparecer a juicio con tal carácter, promoviendo la declinatoria, argumentando que el último domicilio de su extinto esposo, no fue el declarado por la heredera testamentaria, o sólo para impugnar la validez del testamento o la capacidad de heredar de alguno de los herederos, en la junta correspondiente?.-
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 272938
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Fecha de respuesta: Domingo 01 de Julio de 2012 18:52 2012-07-01 18:52 desde IP: 189.177.177.85
El testamento, es la ultima voluntad del finado, el DECUJUS, y no puede ser atacada por nadie, ni por la conyuge superstite. Todo acto escrito de impugnación de un testamento, sera recibido por el juez, pero resuelto en contra de la impugnadora, los testamentos, son ininpugnables.
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