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ES NECESARIO LA PUBLICACION DE ALMONEDA PARA SOLICITAR LA ADJUDICACION

  • Consulta : 155193
  • Autor : Tania 85
  • Publicado : Lunes 11 de Junio de 2012 12:21 desde la IP: 189.181.11.163
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,074
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  • Autor
    Consulta

  • Tania 85
    ESTUDIANTE

    Buen dia!

     

    Ojala me puedan ayudar; lo que pasa es que en un bien mueble embargado ya se presentaron los avaluos del mueble de ambas partes ninguno fue impugnado por ambos, tramité el incidente de la planilla de liquidacion de intereses en contra del demandado pero no hubo respuesta al no haber liquidado mi contraparte los intereses a los que due condenado solicite la adjudicacion del bien mueble a favor de mi cliente que es la parte actora con la finalidad de ya no pagar las públicaciones de almoneda exuste alguna forma de solicitar la adudicacion pero me acordaron que no hay lugar directamente sin hacer las publicaciones de almoneda? agradecere su respuesta 

     

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  • Autor
    Respuesta No: 270476

  • mascaranegra
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    No te puedes adjudicar una cosa, sin que haya una almoneda, la adjudicación se hace por que se publico y nadie asistio a la almoneda.

    Siempre tratando de ahorrar, y luego le dicen al cliente y este les dice: A VER COMO LE HACES.



  • Autor
    Respuesta No: 270491

  • Skato
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    En  Foxilandia esa seria una de las promesas  cumnplidas , desafortunadamente  en la realidad no es asi , debe de publicarse, para hacer del conocimiento del publico la celebracion del acto  .



  • Autor
    Respuesta No: 270558

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    para todo acto de adjudicaciòn... le precede la publicaciòn... la policitaciòn... y como esta es de remate... debe hacerse publica... no te salvas de un pago de publicaciòn de edictos de remate....





  • Autor
    Respuesta No: 270591

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Tania85:

    Todo tiene un porqué y debes aprender a tener una lógica jurídica.

    Imagínate que tu eres el deudor y saldrán a remate tus bienes.

    Puede ser que al publicarse las almonedas acudan varios postores y suba el monto de la adjudicación.

    Es posible que tu tengas un avalúo por 1 millón y la casa pueda venderse en dicha subasta en 1 millón y medio.

    Tanto tu cliente puede recuperar más dinero o el deudor puede quedarse con un remanente de dicho remate.

    Es por eso que no pueden saltarse los pasos.

    Suerte!





  • Autor
    Respuesta No: 273555

  • guerreraqro
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Cuando ya tienes una sentencia de remate, y tiene un bien que rematar, debes nombrar perito valuador, pedir el de la contraria, solicitar fecha de remate en primera y publica almoneda, en ese dia, ya realizada la publicación del edicto de remate y no habiendo ocurrido nadie a esta almoneda, te puedes adjudicar el bien en el valor de las 4/5 partes del valor periciado, la contraraia podra oponerse en un termino no mayor de tres dias o pedir se le conceda el termino de 20 dias para presentar un postor.



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