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FACTURA PERDIDA DE VEHICULO
- Consulta : 127487
- Autor : jorgeur
- Publicado : Lunes 10 de Octubre de 2011 18:47 desde la IP: 201.130.15.243
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,176
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 10 de Octubre de 2011
Hola a todos,
Hace tiempo compre un vehiculo Modelo 1992, me entregaron su baja, una refacturación de empresa donde indica que sustituye a la otra, y carta factura de origen.
Lo use por un tiempo con permisos temporales pero tuve la oportunidad de uno mas reciente y al venderlo, di los papeles que me entregaron.
El comprador ahora me dice que no puede emplacarlo pues le piden la factura original, yo puedo conseguir una copia simple de la factura original pero no se si esto sea lo unico para que pueda lograr el emplacamiento, es decir, darlo de alta. Se quiere emplacar en Guanajuato y lei lo siguiente en el siguiente link:
"//guanajuato.gob/sfa/rec/preguntas-2011.html">//guanaju"//guanajuato.gob/sfa/rec/preguntas-2011.html">ato.gob/sfa/rec/preguntas-2011.html
2.- ¿Cómo puedo acreditar la propiedad del vehículo si no tengo ningún documento para comprobarlo?
Toda persona física o moral que pretenda realizar el trámite de registro o cambio de propietario que afecten el Padrón Vehicular en el Estado de Guanajuato, deberá acreditar la propiedad o legítima posesión del vehículo con alguno de los documentos que a continuación se describen:
a) Factura o carta factura
b) Factura en donde conste la cesión de derechos
c) Factura Judicial
d) Contrato de Compraventa privado, celebrado ante Notario Público; o bien
e) Resolución derivada del Procedimiento de Jurisdicción Voluntaria4. ¿Qué documentos necesito para dar de alta un vehículo?
Personas Físicas:
• Original y copia de factura o carta factura
• Original y copia de identificación
• Original y copia de comprobante de domicilio (no mayor a 3 meses)
• Efectuar el pago correspondiente
• Si lo hace un tercero, carta poder notarialMe pueden orientar en como resolver esta situación para que mi comprador pueda emplacar sin problemas.
Muchas gracias!!
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 241540
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Fecha de respuesta: Martes 11 de Octubre de 2011 11:07 2011-10-11 11:07 desde IP: 189.251.122.216
Considero que el procedimiento que mas le conviene tramitar al compador son las DILIGENCIAS DE JURISDICCION VOLUNTARIA para acreditar hechos.. Esto a efecto de que una vez desahogado el procedimiento respectivo, se decrete la resolucion que menciona uno de los apartados. Con este acreditara que el es el legitimo propietario de la unidad y podra asi darla de alta ante las autoridades correspondientes.
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Autor
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AutorRespuesta No: 241548
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Fecha de respuesta: Martes 11 de Octubre de 2011 11:49 2011-10-11 11:49 desde IP: 187.141.50.114
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AutorRespuesta No: 241559
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Fecha de respuesta: Martes 11 de Octubre de 2011 13:16 2011-10-11 13:16 desde IP: 201.137.83.138
Cuando un vehiculo lo vende una persona moral, que es este caso, lo entrega refacturado, es decir, con una factura de su empresa haciendo mencion que cancela a la factura de origen que es la de la agencia de autos y de acuerdo con las disposiciones fiscales la empresa debera de poseer la factura original de la agencia, y unicamente debera de entregar al comprador ademas de la refactura, copia de la factura de origen y con estos dos documento ante cualquier autoridad se acredita la posesion del bien.
Saludos
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Autor
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AutorRespuesta No: 241560
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Fecha de respuesta: Martes 11 de Octubre de 2011 13:17 2011-10-11 13:17 desde IP: 201.137.83.138
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