Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

DIVORCIO

  • Consulta : 189568
  • Autor : dym691021_NR
  • Publicado : Jueves 07 de Marzo de 2013 18:40 desde la IP: 201.122.10.230
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,228
Recomienda esta consulta a un amigo
  • Autor
    Consulta

  • dym691021_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    Hola buenas tardes,  tengo siete años de casada no tengo hijos en el actual matrimonio, su mama tiene un dos años de fallecida , la casa en la que vivimos era de la señora, pero ya realizaron el juicio de intestado, al parecer ya lo terminaron lo unico que no hicieron es escriturar, a mi esposo le corresponde una parte, estamos casados por bienes mancomunados, al momento de divorciarme, tengo derecho a pedir el 50% de lo que le corresponde como herencia. gracias

     

Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí





  • Autor
    Respuesta No: 306034

  • Victormiaz
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Buenas tardes

     

    Solo en caso de que en las capitulaciones, en caso de haberlas, se haya estipulado que los bienes que se adquieran por herencia o por donacion, legado o don de fortuna, por alguno o ambos conyuges, entran en la sociedad conyugal y en consecuencia seran de ambos conyuges.

     

    Saludos



  • Autor
    Respuesta No: 306056

  • TOCA1968
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

     

    CONSULTANTEdym691021_NR,

    Presente:         

           

    Reciba un cordial saludo de mi parte, y en relación a su pregunta jurídica, le comento lo siguiente:

                

    Espero que la siguiente información jurídica respecto al DIVORCIO INCAUSADO O MEJOR CONOCIADO COMO “EXPRESS”, le sea de utilidad a fin de disipar sus dudas legales sobre el particular:

     

    DIVORCIO INCAUSADO EN EL DISTRITO FEDERAL.

                    

    ¿Qué es? ¿En qué consiste?

     

    El Código Civil para el Distrito Federal establece el Divorcio sin causa, que procede si uno de los cónyuges manifiesta su voluntad de no querer continuar con el matrimonio, sin precisar causal alguna. De modo que la simple solicitud de divorcio de uno de los cónyuges, basta para que el Juez de lo Familiar decrete la disolución del Matrimonio, de un modo legal y ágil. Usted puede solicitar su divorcio express en el Distrito Federal, sin importar dónde se haya casado.

           

    Si el último domicilio conyugal se estableció en el Distrito Federal, pueden presentar su solicitud de divorcio incausado ante Juez de lo Familiar del Distrito Federal, acompañando al mismo una propuesta de convenio, que debe contener lo siguiente:

     

    I. La designación de la persona que tendrá la guarda y custodia de los hijos menores o incapaces;

    II.- Las modalidades bajo las cuales el progenitor, que no tenga la guarda y custodia, ejercerá el derecho de visitas, respetando los horarios de comidas, descanso y estudio de los hijos;

    III.- El modo de atender las necesidades de los hijos y, en su caso, del cónyuge a quien deba darse alimentos, especificando la forma, lugar y fecha de pago de la obligación alimentaria, así como la garantía para asegurar su debido cumplimiento;

    IV.- Designación del cónyuge al que corresponderá el uso del domicilio conyugal, en su caso, y del menaje;

    V.- La manera de administrar los bienes de la sociedad conyugal durante el procedimiento y hasta que se liquide, así como la forma de liquidarla, exhibiendo para ese efecto, en su caso, las capitulaciones matrimoniales, el inventario, avalúo y el proyecto de partición;

    VI.- En el caso de que los cónyuges hayan celebrado el matrimonio bajo el régimen de separación de bienes deberá señalarse la compensación, que no podrá ser superior al 50% del valor de los bienes que hubieren adquirido, a que tendrá derecho el cónyuge que, durante el matrimonio, se haya dedicado al desempeño del trabajo del hogar y, en su caso, al cuidado de los hijos o que no haya adquirido bienes propios o habiéndolos adquirido, sean notoriamente menores a los de la contraparte. El Juez de lo Familiar resolverá atendiendo las circunstancias especiales de cada caso.

     

    Requisitos:

                                 

    I. Tener casado al menos un año.

    II. Solicitar el divorcio express por escrito a petición de uno sólo de los cónyuges, o si están de acuerdo por ambos, procede en las dos situaciones.

    III. Presentar una propuesta de convenio que contenga la relativo a la partición de bienes, a la guarda y custodia, el horario de visitas y la pensión alimenticia, en caso de que haya hijos y bienes.

    IV. Una vez presentada la solicitud, se notificará a su cónyuge, quien tiene 15 días hábiles para formular contrapropuesta de convenio.

    V. Realizada la contestación o no, el Juez decretará el divorcio, pese a que haya controversia en el convenio.

    VI. Decretado el divorcio, quedan a salvo los derechos de los cónyuges para hacerlo valer en vía incidental únicamente respecto al contenido del convenio.

     

    Documentos necesarios:

     

    I. Acta de matrimonio.

    II. Actas de nacimiento (en caso de tener hijos).

    III. Documentos para acreditar la propiedad de los bienes adquiridos en sociedad conyugal (en su caso).

     

    Por lo que le aconsejo que se  asesore cuanto antes de un abogado que sea experto en MATERIA FAMILIAR, de esta forma tendrá garantizado el éxito de su asunto, y si no cuenta con los recursos económicos para pagar los honorarios de un abogado particular, PUEDE RECURRIR A LOS SERVICIOS JURÍDICOS PROFESIONALES Y GRATUITOS DE LOS DEFENSORES PÚBLICOS DE SU LOCALIDAD, espero que esta información le sea de utilidad en su caso, y que en breve lo resuelva favorablemente.

     

    Sin otro particular por el momento, quedo de Usted como su más atento y seguro Servidor, para cualquier aclaración o información adicional.

     

    ATENTAMENTE

     

    LIC. JORGE ARIEL MORALES FRANCO

     

    Oficina: (0155) 5398-0265

    Celular: (044) 55-2848-7477

     

    WEB:  w w w . l i n a r e s y c i a . c o m (minúsculas y todo junto)

    E-MAIL: j m o r a l e s  a r r o b a l i n a r e s y c i a . c o m (minúsculas y todo junto)



  • Autor
    Respuesta No: 306378

  • rogeliotentle
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    PELIGRO, TIMADOR A LA VISTA

    No caiga en el error de contratar los servicios de un timador como JORGE ARIEL MORALES FRANCO alias TOCA1968

    ¿Quién es TOCA1968?

    Un famoso coyote que se dedica a defraudar a las personas incautas que por lo general, sus victimas favoritas son deudores, a los cuales les ofrece capitalizar su deuda y demandar al banco para que no paguen nada. MENTIRA!!!! Las leyes protegen a los acreedores, para que no tan facilmente puedan deshacerse de la deuda, por lo cual si a ustedes les ofrecen demandar al banco para que no paguen nada o no paguen intereses ES UN FRAUDE.

    ¿DE DONDE SALIÓ ESTE DEFRAUDADOR?

    En el 2007 este defraudador se anunciaba en las paginas de aviso oportuno para buscar empleo, pero como nadie lo contrató, se dedico a hacerse publicidad en esta y otras páginas como soy deudor punto com, haciendose pasar como un ex juez, a pesar de que con trabajos tiene conocimientos básicos de leyes y ofreciendo demandar a los bancos para no pagar deudas o no pagar intereses de las mismas.

    En el 2009 después de dos años de timar a la gente, le alcanzó para contratar un espacio en el periodico EL UNIVERSAL haciendo promoción de sus juicios, por los cuales decia cobrar 30 mil pesos. A raíz de esto, fue evidenciado en diversos foros de deudores como un defraudador, mentiroso, ignorante del derecho y analfabeta. Por lo que se desapareció de la escena algunos meses. Actualmente dirige una empresa patito llamada CONTROL DE DEUDAS, que ni siquiera esta registrada ante hacienda ni el registro público de comercio, que se dedica a realizar las mismas acciones fraudulentas. 

    ¿CUAL ES LA REALIDAD DEL "EX JUEZ" MORALES FRANCO?

    No tiene trabajo por incompetente, puede pasar más de 12 horas al día conectado respondiendo consultas con un machote previo que redacta en word:

    Si la consulta es sobre cuestiones penales: Copia un texto referente a ministerio público, garantias individuales, etc.

    Si la consulta es sobre cuestiones laborales: Copia un texto sobre la ley federal del trabajo

    Si la consulta es sobre bienes raices: Copia un texto sobre el código civil y el Registro Público de la Propiedad.

    En cada una de esas "respuesrtas" queda a sus órdenes y publica su correo y su telefono haciendose promoción, cosa que esta prohibida en el foro, pero a el no le interesa contestarle su inquietud sino hacerse promoción y cazar incautos. Atendiendo al número de consultas que responde y el tiempo que pasa conectado día a día podemos calcular que cuando mucho, podrá cazar un incauto a la semana, USTED PUEDE SER EL INCAUTO QUE MORALES FRANCO NECESITA PARA ESTAFAR. Tenga mucho cuidado.

    MAS DETALLES SOBRE EL ESTAFADOR:

    Cuando llega a tener un asunto legal por resolver y no sabe como, ya que es un incompetente, se mete con otro nombre de usuario a preguntarle a los verdaderos abogados como proceder, pero siempre se hecha de cabeza con su ip, también acostumbra autopreguntarse y contestarse a si mismo con otro usuario, para despues dejar un mensaje felicitando a TOCA 1968 por tan esplendida respuesta. Esta práctica la acostumbra desde el 2009 y una vez fue tan estúpido que ingreso su propio correo para autofelicitarse y todos se burlaron de el (ver CONSULTA 19916).

    Como verán el usuario en cuestión es un papanatas, ignorante, mediocre e incompetente, que busca cazar incautos por medio del foro, ultimamente se dedica más a la venta de autos usados porque esta bastante quemado, pero no se rinde en el intento de volver a ser el coyote estafador que algún día fue.

    TENGA CUIDADO, NO CAIGA EN MANOS DE ESTAFADORES.



Para responder consultas en el Foro deberá iniciar sesión