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CASOS EN DONDE SE PUEDE UNO REPRESENTAR A UNO MISMO SIN ABOGADO.

  • Consulta : 283008
  • Autor : Polobond
  • Publicado : Martes 08 de Agosto de 2017 23:17 desde la IP: 201.102.80.220
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,228
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  • Autor
    Consulta

  • Polobond
    USUARIO REGISTRADO

    Buenas Noches. Quisiera saber en que casos es necesario ser representado por un abogado y en que casos no, basado todo esto en las leyes mexicanas, claro teniendo asesoria legal, por ejemplo de un amgigo abogado. Esto por los altos costos de un abogado.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 395316

  • peñanieto36
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Bueno yo tengo entendido que en los civiles si se puede pero en los penales no. todo esto esta basado en los códigos de procedimientos pero tienes que tener cuidado por lo de los juicios orales



  • Autor
    Respuesta No: 395323

  • polo
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Hola buen día a todos los participantes en este GRAN FORO. Aquí lo más IMPORTANTE, es, la representación por "MI PROPIO DERECHO" que sepas la materia en cuál tu quieres ser tu propio representante, no sólo deberás tener conocimiento de la Ley de la materia que sea, sino que deberás saber como aplicarla, en el camino te encontrarías a VIEJOS LOBOS de mar y si no estás bien preparado, a las primeras de cuentas te harían pedazos, en fin es mucho riesgo el que correrías, siempre e dicho en este GRAN FORO "zapatero a tus zapatos". Saludos a todos. Gracias



  • Autor
    Respuesta No: 395329

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    no importa la materia... tu puedes llevar tu asunto... lo que pasa es... que por ser un ignorante del derecho sustantivo.... y despues del derecho adjetivo... echan a perder su asunto.... y hablan mal del sistema... de mafias... pero la verdad es solo desconocimiento de lo que estan pidiendo... y como conseguirlo... el derecho es....tenerlo... haberlo perdido o que te lo hayan quitado... saberlo pedir... que te lo quieran dar... saludos polo.... efectivamene.... por propio derecho...





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