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ALBACEA EN UN JUICIO SUCESORIO TESTAMENTARIO

  • Consulta : 211583
  • Autor : Nathan
  • Publicado : Domingo 20 de Octubre de 2013 05:02 desde la IP: 201.145.251.10
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,102
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  • Autor
    Consulta

  • Nathan
    USUARIO REGISTRADO

    Hola muy buenos dias, me encuentro con una amiga y quisieramos ver si alguien podria ayudarnos a saber si se puede en la etapa de rendicion de cuentas del albacea en un juicio testamentario, entregar o mostrar al juez o a los herederos (desconocemos a quien se le muestran los comprobantes de los gastos que se generan en este juicio), comprobantes no fiscales, por ejemplo solo una nota o un recibo? su papa es albacea de sus abuelos y ya estan en esa etapa y resulta que donde se lleva el juicio le queda muy lejos y debe viajar en taxi para llegar a las audiencias cuando lo citan y tiene pocos recursos economicos, asi que logro ya que un taxista le pueda dar rebido de esos que venden en la papeleria y quiere agregarlos a los gastos del juicio. 

     

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  • Autor
    Respuesta No: 329719

  • TOCA1968
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    CONSULTANTE Nathan,

    Presente:                                      

     

    Reciba un cordial saludo de mi parte, y en relación a su pregunta jurídica, le comento lo siguiente:

     

    Espero que la siguiente información jurídica respecto al tema de la CLASIFICACIÓN DE LOS ALBACEAS,le sea de utilidad a fin de disipar sus dudas legales sobre el particular: 

     

    CLASIFICACIÓN DE LOS ALBACEAS

    Existen diversas clases de clasificación de los Albaceas conforme la Doctrina y son:

     

      Albaceas Universales y Especiales;

      Albaceas Mancomunados y Sucesivos;

      Albaceas Testamentarios y Legítimos.

      ALBACEAS UNIVERSALES Y ESPECIALES.- Los que sean nombrados como universales son aquellos que tienen por objeto cumplir con las disposiciones testamentarias representando a la sucesión en cuanto sea designado. Los albaceas especiales tienen una función determinada por disposición expresa del testador para cumplirla, por ejemplo, encomendarle por el autor que se encargue de administrar cierta cantidad de dinero a un menor para continuar sus estudios.

      ALBACEAS MANCOMUNADOS Y SUCESIVOS.- Son aquellos que se designan por el testador, que cuando son mancomunados actúan de común acuerdo, los albaceas sucesivos son designados para desempeñar el cargo en el orden en que se les indique en el testamento, ya sea por muerte de algún otro designado, por renuncia o renovación.

      ALBACEAS TESTAMENTARIOS Y LEGÍTIMOS.- Los primeros son aquellos que nombra el testador desde el otorgamiento del testamento pudiendo ser también universales o especiales, mancomunados o sucesivos y tienen el carácter de definitivos, los albaceas legítimos son nombrados por mayoría de votos, principalmente en las sucesiones intestamentarias, de esta clasificación de albaceas hace referencia el Maestro Rojina Villegas en su obra: “Compendio de Derecho Civil”.

     

    Por lo que le aconsejo que se  asesore cuanto antes de un abogado que sea experto en MATERIA FAMILIAR CON ESPECIALIDAD EN SUCESIONES, de esta forma tendrá garantizado el éxito de su asunto, y si no cuenta con los recursos económicos para pagar los honorarios de un abogado particular, PUEDE RECURRIR A LOS SERVICIOS JURÍDICOS PROFESIONALES Y GRATUITOS DE LOS DEFENSORES PÚBLICOS DE SU LOCALIDAD, espero que esta información le sea de utilidad en su caso, y que en breve lo resuelva favorablemente.

    Sin otro particular por el momento, quedo de Usted como su más atento y seguro Servidor, para cualquier aclaración o información adicional.

     

    ATENTAMENTE

     

    LIC. JORGE ARIEL MORALES FRANCO

     

    Oficina: (0155) 5398-0265

    Celular: (044) 55-2848-7477

     

    WEB:  w w w . l i n a r e s y c i a . c o m (minúsculas y todo junto)

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