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DEMANDA POR INCLUPLIMIENTO DE ALIMENTOS
- Consulta : 101502
- Autor : chaty795_NR
- Publicado : Jueves 10 de Febrero de 2011 13:05 desde la IP: 189.148.196.15
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,102
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AutorConsulta
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Publicado el Jueves 10 de Febrero de 2011
Estado de Referencia: Yucatán
INTERPUSE DEMANDA POR INCLUMIENTO EL DIA 3 DE DICIEMBRE DE 2010, YA PRESENTE TESTIGOS EL PAPA DE MI HIJO FUE A VERME YA QUE LE LLEGO FECHA PARA PRESENTARSE EN EL MINISTERIO PUBLICO EL DIA 24 DE FEBRERO JUEVES DE ESTE AÑO NO ME DAN PENSION DESDE JUNIO DEL 2008, EL ME DIJO QUE NO HIBA A CUDIR A LA CITA QUE YO QUITARA LA DENUNCIA PARA QUE EL ME DIERA DINERO PARA SU HIJO CLARO QUE NO LE CREI POR ES MUY INCLUMPLIDO, YA FUI AL DIF QUE ES LO QUE PROCE HACER Y QUE ME FALTA YO NO QUIERO QUE EL DEPOSITE QUIERO QUE SE LO QUITEN AUTOMATICO DE SU SUELDO
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 209756
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Fecha de respuesta: Jueves 10 de Febrero de 2011 13:28 2011-02-10 13:28 desde IP: 189.194.252.163
debes acudir a un abogado en materia familiar y de esta forma instaurar un juicio de pension alimenticia, ante un juzgado civiil o familira segun existan en tu entidad, ya que tampoco el DIF es juez es solo una institucion conciliadora
el ministerio publico no determina estas deduciones de pension el solo ejecuta si ya existiere una sentencia que la declare y no se cumpla
asi que puedes conseguir un abogado particular o en su defecto uno de oficio que le paga el estado
espero te haya servido de algo buen dia y saludos desde toluca
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Autor
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AutorRespuesta No: 209775
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Fecha de respuesta: Jueves 10 de Febrero de 2011 14:43 2011-02-10 14:43 desde IP: 189.129.213.2
estimada forista
Usted debe probar ante el Agente del Ministerio Publico que el papa de su hijo no le proporciona alimentos, presentando ante tal Agente, testigos que les conste que el hoy denunciado, desde junio del 2008 no les proporciona aimentos, asi mismo, tambien, debe probar que el menor es hijo del hoy denunciado, presentando ante el citado Agente, una copia certificada del acta de nacimiento de su menor hijo
hecho lo anterior, pida por medio de un escrito dirigido al Agente del Ministerio Publico se ejercite accion penal en contra del hoy denunciado por los delitos que resulten, ok
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Autor
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AutorRespuesta No: 209828
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Fecha de respuesta: Jueves 10 de Febrero de 2011 18:51 2011-02-10 18:51 desde IP: 187.194.13.35
1...tu abogado es el dif... ellos saben que hacer...
2... en materia penal no se esta peleando una pensiòn alimenticia... se pelea el retroactivo del año 2008 al presente momento... y tu tienen que acreditar que el PADRE DE TU HIJO... no ha cumplido con su obligaciòn..,. con un certificado de que no ha consigando penaiòn antes de la fecha de la citaciòn....lo que haga despues... eso no lo exculpa penalmente del pago de lo anterior...
3... con las copias certificadas de lo penal... inicia la acciòn civil de guarda y custodia de tu hijo... pago y aseguramiento de pension alimenticia por medio de descuento a su salario en forma directa y con y en base a un porcentajke cierto que serà señalado por el juez... la perdida dela patria potestad... TU ABOGADO SABE QUE HACER....
4...lo que debes entender... el ministerio publico no resuelve ninguna situaciòn... solo observa y cuando hay un delito consigna a juez... quien ordena la aprehensiòn o detenciòn del probable delincuente... el pago de pensiòn.... tiene que ser una acciòn civil.... en ella no implica nada penal... tus constancias penales... solo ser`pan ciopia de que èl no ha cumplido con la obligaciòn.... tu abogado sabe que hacer...
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