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SUSPENSION DE DIAS Y HORAS DE VISITA
- Consulta : 185980
- Autor : olveradulce_NR
- Publicado : Viernes 08 de Febrero de 2013 13:15 desde la IP: 201.137.42.228
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,081
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AutorConsulta
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Publicado el Viernes 08 de Febrero de 2013
Estado de Referencia: Distrito Federal
hola? cual es la via para suspender dias y horas de visita de mi hijo con su padre pues cuando lo tiene lo deja encargado pues tiene trabajo, se emborracha y no la atiende, las visitas estan ordenadas en sentencia de una juris vol pero no c por que via demando la suspension de dias y horas de visita. gracias
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 302034
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Fecha de respuesta: Domingo 10 de Febrero de 2013 19:20 2013-02-10 19:20 desde IP: 187.201.134.60
CONSULTANTE olveradulce_NR,
Presente:
Reciba un cordial saludo de mi parte, y en relación a sus "//mexicolegal/foro-verconsulta.php?id=154812&forod=0">preguntas jurídicas, le comento lo siguiente:
De acuerdo al artículo 94 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal en vigor, así como sus correlativos de los Códigos de Procedimientos Civiles para los demás Estados de la República Mexicana, que están decretados en similares términos, dispone que as resoluciones judiciales firmes dictadas en negocios de alimentos, ejercicio y suspensión de la patria potestad, interdicción, jurisdicción voluntaria y las demás que prevengan las leyes, pueden alterarse y modificarse cuando cambien las circunstancias que afectan el ejercicio de la acción que se dedujo en el juicio correspondiente, entiende.
Así pues, en concordancia los artículos 281 y 282 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, establecen las reglas para la distribución de las cargas probatorias en los juicios del orden civil. Así, todo el que afirma está obligado a probar, de forma tal que cada una de las partes deba probar los hechos constitutivos de sus pretensiones, salvo que éstas se basen en hechos de carácter negativo. Regla que no resulta aplicable: a) cuando la negativa expresa envuelva la afirmación de un hecho; b) cuando se desconozca la presunción legal que tenga en su favor el colitigante; c) cuando se desconozca la capacidad; o, d) cuando la negativa fuere elemento constitutivo de la acción.
Entonces, usted Consultante hace valer la acción incidental de CANCELACIÓN DEL RÉGIMEN DE VISITAS Y CONVIVENCIAS QUE TIENE EL PADRE DE SU MENOR HIJO, PRECISAMENTE CON SU HIJO Y DECRETADO POR RESOLUCIÓN JUDICIAL POR EL C. JUEZ FAMILIAR CORRESPONDIENTE, para la procedencia de esta acción incidental, de acuerdo a lo establecido en el artículo 94 de del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, debe Usted acreditarle plenamente al Juez de lo Familiar que sus circunstancias cambiaron y que fueron las que dieron origen al RÉGIMEN DE VISITAS Y CONVIVENCIAS; en un primer momento corresponde al actor incidentista acreditar las circunstancias con base en las cuales sustenta su causa de pedir, es decir, EN LA FALTA DE CUMPLIMIENTO DEL DEMANDADO INCIDENTAL EN LO QUE SE COMPROMETIÓ EN EL RÉGIMEN DE VISITAS Y CONVIVENCIAS QUE FUE DECRETADO A SU FAVOR POR LA AUTORIDAD JURIDICIAL CORRESPONDIENTE, Y AL DEMANDADO INCIDENTISTA LA CORRESPONDERÁ LA CARGA DE LA PRUEBA DE ACREDITAR QUE DA CABAL CUMPLIMIENTO A DICHO RÉGIMEN EN LOS TÉRMINOS DECRETADOS A SU FAVOR POR EL C. JUEZ DE LO FAMILIAR, entiende; saludos.
Por lo que le aconsejo que se asesore cuanto antes de un abogado que sea experto en MATERIA FAMILIAR, de esta forma tendrá garantizado el éxito de tu asunto, y si no cuenta con los recursos económicos para pagar los honorarios de un abogado particular, PUEDE RECURRIR A LOS SERVICIOS JURÍDICOS PROFESIONALES Y GRATUITOS DE LOS DEFENSORES PÚBLICOS DE SU LOCALIDAD, espero que esta información le sea de utilidad en su caso, y que en breve lo resuelva favorablemente.
Sin otro particular por el momento, quedo de Usted como su más atento y seguro Servidor, para cualquier aclaración o información adicional.
ATENTAMENTE
LIC. JORGE ARIEL MORALES FRANCO
Oficina: (0155) 5398-0265
Celular: (044) 55-2848-7477
WEB: w w w . l i n a r e s y c i a . c o m (minúsculas y todo junto)
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