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OBRA PúBLICA

  • Consulta : 173178
  • Autor : huesos2011
  • Publicado : Martes 16 de Octubre de 2012 12:06 desde la IP: 201.103.223.174
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,069
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  • Autor
    Consulta

  • huesos2011
    USUARIO REGISTRADO

    Es legal que se pueda modificar los precios de un contrato de obra pública, que fue adjudicado a través de una licitación pública, después de firmado el contrato.

    Lo anterior, debido a que dicho contrato ya tiene casi un año de ejecución y por una auditoría del Organo Interno de Control, solicita que se realicen varios ajustes a sus precios, ya que estos se encuentran mal estructurados en cuanto a los rendimientos que el contratista propuso en su propuesta técnica-económica.

    La auditoría únicamente fue realizada al proceso licitatorio.

     

    La pregunta es, si el OIC puede ordenar modificar los precios, aunque estos fueron sancionados favorablemente durante el proceso de evaluación de propuestas

     

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