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MI NOVIO ES PRIMO DELINCUENTE Y TIENE UNA SENTENCIA DE 11AñOS Y LLEVA TRES AñOS Q PUEDO HACER
- Consulta : 211576
- Autor : haiderodriguez25_NR
- Publicado : Sábado 19 de Octubre de 2013 23:38 desde la IP: 189.142.206.242
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,080
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AutorConsulta
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Publicado el Sábado 19 de Octubre de 2013
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 329715
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Fecha de respuesta: Sábado 19 de Octubre de 2013 23:55 2013-10-19 23:55 desde IP: 201.110.199.236
1.- Dejarlo
2.- Si quieres ayudarlo, contratarle a un Licenciado en Derecho para que estudie su PRELIBERACION, de conformidad con su sentencia... obvio esto dependerá mucho de su conducta.
3.- Si no cuentas con recursos, tendrás qué acudir con el DEFENSOR DE OFICIO adscrito al Juzgado en donde sentenciaron a tu novio.
Saludos !
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Autor
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AutorRespuesta No: 329722
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Fecha de respuesta: Domingo 20 de Octubre de 2013 10:30 2013-10-20 10:30 desde IP: 187.201.130.219
CONSULTANTE haiderodriguez25_NR,
Presente:
Reciba un cordial saludo de mi parte, y en relación a su pregunta jurídica, le comento lo siguiente:
Le diré Consultante que, de acuerdo al artículo 29 de la Ley de Ejecución de Sanciones Penales y Reinserción Social para el Distrito Federal, los BENEFICIOS QUE PUEDEN OTORGAR ESTOS JUECES DE EJECICIÓN DE SANCIONES PENALES A LOS SENTENCIADOS, SON LOS SIGUIENTES:
“CAPÍTULO TERCERO
BENEFICIOS PENITENCIARIOS
ARTÍCULO 29. BENEFICIOS. Son beneficios Penitenciarios los siguientes:
I. Reclusión Domiciliaria mediante monitoreo electrónico a distancia;
II. Tratamiento Preliberacional;
III. Libertad Preparatoria; y,
IV. Remisión Parcial de la Pena.”
Tendría que estudiarse el caso particular de su familiar por un ABOGADO PENALISTA, para que le pudieraDICTAMINAR CON TODA PRECISIÓN SI A SU FAMILIAR SE LE PUEDE CONCEDER ALGUNO DE ESTOS BENEFICIOS, EN EJECUCIÓN DE SU SENTENCIA PENAL, entiende; saludos y suerte en su asunto.
Por lo que le aconsejo jurídicamente que a la brevedad posible Usted Consultante se asesore legalmente de un abogado que sea experto en MATERIA PENAL Y AMPARO PENAL, de esta forma tendrá asegurado el éxito de su asunto, y si es el caso de que usted no cuenta con recursos económicos para pagar los honorarios de los servicios profesionales de un abogado particular, PUEDE USTED RECURRIR A LOS SERVICIOS JURÍDICOS PROFESIONALES Y GRATUITOS DE LOS DEFENSORES PÚBLICOS DE SU LOCALIDAD, esperando que esta información le sea de utilidad en su caso, y que en breve lo resuelva favorablemente.
Sin otro particular por el momento, quedo de Usted como su más atento y seguro Servidor, para cualquier aclaración o información adicional.
ATENTAMENTE
LIC. JORGE ARIEL MORALES FRANCO
Oficina: (0155) 5398-0265
Celular: (044) 55-2848-7477
WEB: w w w . l i n a r e s y c i a . c o m (minúsculas y todo junto)
E-MAIL: j m o r a l e s a r r o b a l i n a r e s y c i a . c o m (minúsculas y todo junto)
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