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JUBILADO IMSS AñOS DE SERVICIO
- Consulta : 168055
- Autor : mario_hernandezv_NR
- Publicado : Martes 04 de Septiembre de 2012 19:20 desde la IP: 189.187.54.183
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,091
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 04 de Septiembre de 2012
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 283911
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Fecha de respuesta: Jueves 06 de Septiembre de 2012 22:42 2012-09-06 22:42 desde IP: 189.245.76.191
CONSULTANTE mario_hernandezv_NR,
Presente:
Reciba un cordial saludo de mi parte, y en relación a su pregunta jurídica, le comento lo siguiente:
Le diré Consultante que, por lo manifestado en su consulta, en razón de su edad ya podría
solicitar la pensión por cesantía en edad avanzada, lo que es necesario es acudir a vigencia de derechos para asegurarse -con un documento expedido por el IMSS- que usted tiene MIL DOSCIENTAS CINCUENTA SEMANAS COTIZADAS, que es requisito establecido por la Ley del IMSS, además de la edad, entiende; saludos y suerte en su caso.Por lo que le aconsejo jurídicamente que se asesore de un abogado que sea experto en MATERIA LABORAL, para que tenga asegurado el éxito de su asunto, y si es el caso de que usted no cuenta con recursos económicos para pagar los honorarios de los servicios profesionales de un abogado particular, PUEDE USTED RECURRIR A LOS SERVICIOS JURÍDICOS PROFESIONALES Y GRATUITOS DE LOS DEFENSORES PÚBLICOS DE SU LOCALIDAD, esperando que esta información le sea de utilidad en su caso, y que en breve lo resuelva favorablemente.
Sin otro particular por el momento, quedo de Usted como su más atento y seguro Servidor, para cualquier aclaración o información adicional.
ATENTAMENTE
LIC. JORGE ARIEL MORALES FRANCO
Oficina: (0155) 3182-2696
Celular: 55-3462-7069
WEB: m o r a l e s a r a g o n y c i a . c o m (minúsculas y todo junto)
E-MAIL: m a y c i a . j o r g e m a r r o b a g m a i l . c o m (minúsculas y todo junto)
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Autor
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AutorRespuesta No: 283912
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Fecha de respuesta: Jueves 06 de Septiembre de 2012 22:43 2012-09-06 22:43 desde IP: 189.177.8.24
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Autor
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AutorRespuesta No: 284422
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Fecha de respuesta: Miércoles 12 de Septiembre de 2012 01:08 2012-09-12 01:08 desde IP: 189.177.8.24
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AutorRespuesta No: 284885
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Fecha de respuesta: Viernes 14 de Septiembre de 2012 21:47 2012-09-14 21:47 desde IP: 189.163.83.198
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Autor
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AutorRespuesta No: 284888
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Fecha de respuesta: Viernes 14 de Septiembre de 2012 22:03 2012-09-14 22:03 desde IP: 187.195.87.98
Annisa09:
Con el gusto de poder saludarla, le comento que según la programación que tiene de manejo este Foro, las personas que realizan su consulta como NR, o sea la mayoría, no pueden volver a intervenir en la misma, como tampoco pueden otorgar una palomita ya sea de agradecimiento, o por la asesoría recibida, de tal suerte que, esta infraestructura resulta a todas luces en términos equivocados.
Le envío un cordial saludo
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AutorRespuesta No: 285324
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Fecha de respuesta: Lunes 17 de Septiembre de 2012 23:08 2012-09-17 23:08 desde IP: 189.163.83.198
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