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VIA ORDINARIA?

  • Consulta : 129396
  • Autor : luis_aladro_NR
  • Publicado : Miércoles 02 de Noviembre de 2011 10:59 desde la IP: 201.114.82.219
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,077
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  • Autor
    Consulta

  • luis_aladro_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Hidalgo

    Buen día! por motivo de tarea, me pueden ayudar con lo siguiente: ¿En que vía se promueve la rescisión de un contrato de arrendamiento? ¿Como saber a trevés de que vía promover ciertas acciones?

    Gracias!

     

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  • Autor
    Respuesta No: 243861

  • ferlex21
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Se demanda en via ordinaria civil y te aconsejo que busques los terminos: via ejecutiva mercantil, via ordinaria civil y el termino en mencion, te dara una mejor opinion al respecto, el caso es ponerse a investigar en diccionarios juridicos y doctrina que existe actualmente para que identifiques cual via se usa en las demandas interpuestas.



  • Autor
    Respuesta No: 243862

  • lawyer2006
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    ESTIMADO AMIGO.

     

                                              No se que tonterias habla el consultante anterior, desconozco si ha ejercido la profesion,   de conformidad con el articulo 477 del Codigo de Procedimientos Civiles para el Estado de Hidalgo, la via para demandar la rescision, es la via sumaria de desahucio, checate dicho articulo. salu2, si esta contestacion es de utilidad dale una palomita.



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