- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
CITARON A MI ESPOSA COMO TESTIGO AL MP NO FUE PUEDE SER DETENIDA?
- Consulta : 143219
- Autor : proctur789_NR
- Publicado : Jueves 22 de Marzo de 2012 19:16 desde la IP: 178.73.206.80
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,078
-
AutorConsulta
-
Publicado el Jueves 22 de Marzo de 2012
Estado de Referencia: Morelos
hubo un incumplimiento de contrato de un cliente, por lo cual se penalizo, el movio a su abogado y demandaron penalmente fraude en mi contra, cuando esto era civil, ahora el mp que inicio la averiguacion dicto el no ejercicio de la accion penal POR QUE SE PRECENTARON LOS CONTRATOS Y DICTAMINO QUE NO HABIA PRUEBAS , por lo cual ellos no estuvieron deacuerdo, por lo cual el asunto q empeso en el 2010 esta en ponencias del no ejersicio de la accion penal, debido a que el abogado del cliente dise que si yo no le pago le pagara mi familia, y citaron a mi prima ya que la cuenta a la cual el deposito es de ella pero a mi me demando y no ha ella.
por lo cual es el 2do sitatorio que le llega a ella como testigo y ella no quiere presentarse a declarar por q teme que la involucren o la culpen, la pueden detener? hay forma de evitar esto, que recomiendan hacer?
-
AutorConsulta
Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí
-
AutorRespuesta No: 259113
-
Fecha de respuesta: Jueves 22 de Marzo de 2012 19:51 2012-03-22 19:51 desde IP: 189.137.42.56
CONSULTANTEproctur789_NR,
Presente:
Reciba un cordial saludo de mi parte, y en relación a su pregunta jurídica, le comento lo siguiente:
Conforme a la Ley Penal cualquier persona que hubiese presenciado la Comisión de un Delito, tiene la obligación de declarar ya sea ante el Ministerio Público o ante el Juez Penal en su caso, por lo que le sugiero que su prima se presente a declarar en la Averiguación Previa donde la están citando, ya que es casi seguro que no tenga ningún problema en virtud de que como usted mismo nos cuenta dicha AVERIGUACIÓN PREVIA YA SE ENCUENTRA EN EL NO EJERCICIO DE LA ACCIÓN PENAL.
Ahora bien, para que su prima se sienta mucho más segura, PUEDE PRESENTARSE A DECLARAR AMPARADA, DE ESTA MANERA PUEDE EVITAR QUE SE LE CONFIGURE EN SU CASO UNA FLAGRANCIA EQUIPARADA, YA QUE EN LA SUSPENSIÓN QUE EL JUEZ DE AMPARO LE CONCEDA LE VA OTORGAR EL PLAZO DE CINCO DÍAS PARA QUE COMPAREZCA ANTE EL CITADO MINISTERIO PÚBLICO A RENDIR SU DECLARACIÓN MINISTERIAL, de esta forma su prima se asegura que ha pasado el tiempo de flagrancia o para que se le configure una flagrancia equiparada, y por lo tanto dicha Averiguación Previa tendrá que ser manejada en una MESA DE TRÁMITE, esto quiere decir, que su prima va a declarar se va a retirar sin que se le prive de su libertad personal, y el Ministerio Público seguirá investigando éstos hechos hasta tener todas las pruebas idóneas ya sea para consignar, o si no para mandar dicha averiguación previa a la reserva o al archivo, POR LO QUE LE SUGIERO QUE SE ASESORE DE UN ABOGADO QUE SEA EXPERTO EN MATERIA PENAL PARA QUE DE ESTA MANERA TENGA ASEGURADO EL ÉXITO DE SU ASUNTO, esperando que esta información le sea de utilidad y que en breve resuelva su caso favorablemente.
Sin otro particular por el momento, quedo de Usted como su más atento y seguro Servidor, para cualquier aclaración o información adicional.
ATENTAMENTE
LIC. JORGE ARIEL MORALES FRANCO
Cel: 55-3462-7069
E-MAIL: ejorgeamf1968 arroba . com
-
Autor





